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182/20 El Procurador de los Derechos Humanos, Jordán Rodas Andrade, expresa que los gastos de la institución durante 2019, se adecuaron al presupuesto aprobado por el Congreso, sin comprometer gastos ni pagos que no estuvieran acordes con lo aprobado

Informa:

Que la Corte de Constitucionalidad en la sentencia de Amparo 427-2019, consideró que el artículo 6 del Decreto 25-2018 del Congreso de la República es claro al indicar que el presupuesto autorizado para la institución del PDH para el ejercicio fiscal 2019 fue de Q 120 millones en la fuente 11 y Q 10 millones en la fuente 61. Que esa consideración también fue invocada en la parte resolutiva del Expediente de Amparo 6026-2018 de la Corte de Constitucionalidad, en sentencia que indica que las asignaciones presupuestarias indicadas (artículo 6 del Decreto 25-2018 del Congreso de la República), son claras y deben ser desembolsadas en la forma y por los medios previstos legalmente.

Señala:

Que es deber de la Contraloría General de Cuentas fiscalizar el gasto público, de conformidad con la ley, el debido proceso y el respeto al derecho de defensa. Que la denuncia penal presentada por la Contraloría General de Cuentas en contra del PDH viola el Debido Proceso y Derecho de Defensa, en contravención al Amparo Provisional otorgado a favor de todas las personas sujetas a fiscalización.

Reafirma:

Que para el ejercicio fiscal 2019 el presupuesto legalmente aprobado para la institución del PDH fue de Q 120 millones en fuente 11 y Q 10 millones en fuente 61; los gastos se adecuaron al presupuesto legalmente autorizado y no se comprometieron gastos ni pagos que no estuvieran acordes a lo aprobado.

Guatemala, 21 de agosto de 2020

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