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Acerca de la Defensoría

Conociendo la persistencia de la violación de los derechos humanos de las personas guatemaltecas de 60 años y más, surge la Defensoría de las Personas Mayores de la Procuraduría de los Derechos Humanos en 1998, mediante el Acuerdo No. 15/98, enfocada en la necesidad de proteger, velar y promover el respeto de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales que asisten a este grupo poblacional.

Con la creación de la Defensoría de las Personas Mayores se da a conocer el grado de marginación, vulnerabilidad y exclusión en que están las personas mayores guatemaltecas, a pesar de que en el país se cuenta con un marco legal que protege sus derechos y libertades fundamentales.

¿Qué hace?

Las principales funciones de la Defensoría son:

  1. Proponer e implementar lineamientos para la defensa, protección, investigación y promoción de los derechos humanos de las personas mayores, en coordinación con la Dirección de Defensorías.
  2. Desarrollar y dar seguimiento a los procesos de supervisión a instituciones de la administración pública que atienden los derechos humanos de las personas mayores.
  3. Coordinar acciones de manera interinstitucional en el ámbito nacional, específicamente con aquellas que brindan protección a los derechos humanos de las personas mayores, previa autorización de la Dirección de Defensorías.
  4. Verificar casos en los cuales se denuncie la posible violación de los derechos humanos de las personas mayores, cuando amerite un enfoque especializado.
  5. Emitir y dar seguimiento a recomendaciones derivadas de los procesos de supervisión realizados a la administración pública, de conformidad con la legislación aplicable y los estándares internacionales en la materia.
  6. Elaborar propuestas de pronunciamientos o comunicados, material educativo e informes técnicos temáticos respecto de los derechos humanos de las personas mayores.

Información importante

Los derechos de las personas mayores están enmarcados en la Constitución Política de la República de Guatemala, específicamente en el artículo 51.

De acuerdo a lo establecido en el Decreto No. 80-96, Ley de Protección para las Personas de la Tercera Edad, en Guatemala se consideran personas mayores a todas aquellas de 60 años o más de cualquier sexo, religión o raza. Asimismo, establece que es obligación de los parientes resguardarlas, protegerlas y darles el lugar que les corresponde en el seno de la familia.

La Defensoría de las Personas Mayores, desde 2012, ha estado realizando incidencia para que Guatemala apruebe y ratifique la Convención Interamericana sobre los Derechos Humanos de las Personas Mayores, logrando que pase a segunda lectura en el Congreso de la República.

Voluntariado

En 2002 la Defensoría de las Personas Mayores implementa el Programa del Voluntariado, que tiene como objetivo promover y fortalecer la participación de las personas mayores dentro de la sociedad.

Su principal acción es capacitar a las y los participantes en derechos humanos, principalmente en los temas relacionados con los derechos de las personas mayores, la mayoría de sus integrantes son personas de 60 años y más; sin embargo, también hay personas menores al rango de esa edad.

Desde su creación el Programa del Voluntariado ha propiciado que sus integrantes se conviertan en multiplicadores de los conocimientos que adquieren respecto de los derechos que les asisten, dentro de su comunidad y también ha permitido el fortalecimiento de las relaciones intergeneracionales.

Teresa Magnolia Maldonado Mérida
Teresa Magnolia Maldonado Mérida
Defensora

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