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135/19 EL PROCURADOR DE LOS DERECHOS HUMANOS, JORDÁN RODAS ANDRADE CONDENA EL ASESINADO DE LA NIÑA ZOILA LUCRECIA XEC VICTIMA DE VIOLENCIA ARMADA EN LA ZONA 21 DE LA CIUDAD DE GUATEMALA

EXPRESA

Sus muestras de condolencia a familiares y amigos de Zoila Lucrecia Xec, manifesta su indignación por las muertes de niños, niñas y adolescentes (NNA) producto de la violencia armada y su preocupación por el incremento de muertes de NNA por armas de fuego.  

RECUERDA

Que es deber constitucional del Estado proteger la vida de NNA, tal como lo mandata la Constitución Política de la República de Guatemala en el artículo 3: “El estado garantiza y protege la vida humana desde su concepción, así como la integridad y la seguridad de la persona”.[1] Que el Artículo 11 de la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia expresa que: “Todo niño, niña y adolescente tiene derecho a ser protegido contra toda forma de descuido, abandono o violencia, así también a no ser sometido a torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes.”[2] El Estado de Guatemala al ratificar la Convención de los Derechos del Niño se comprometió a un crear un entorno protector que defienda a los niños y niñas de la explotación, los malos tratos y la violencia. Al ser signatario de la Declaración Regional de Guatemala Sobre Violencia Armada y Desarrollo, se comprometió a: “ incrementar sus esfuerzos para integrar programas de reducción de violencia armada …”; “Detener la circulación descontrolada, el tráfico ilícito y el uso ilegal de armas pequeñas y ligeras y las municiones…” y “Asegurar que las iniciativas de prevención y reducción de la violencia armada prioricen a grupos específicos en situación de riesgo…”,[3] la muerte de Zoila Lucrecia es un indicador de la ineficiencia de las acciones del Estado.  

EXIGE

Al Gobierno de Guatemala:
  • Adoptar las medidas necesarias para prevenir y erradicar la muerte de niños, niñas, adolescentes y personas en general por violencia armada.
  • Dar cumplimiento a la Constitución Política de la República de Guatemala, a los convenios ratificados por el Estado en materia de control de armas de fuego y municiones, a las Declaraciones de Viena y Regional de Guatemala sobre violencia armada y desarrollo.
  Al Ministerio Público: Investigar los hechos y llevar a los responsables intelectuales y materiales ante la justicia.  

Guatemala, 14 de diciembre de 2019

  [1] Constitución Política de la República de Guatemala [2] Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia [3] Declaración Regional de Guatemala sobre Violencia Armada y Desarrollo
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