Las personas de 60 años y más están exoneradas del pago del boleto de ornato, según Decreto 80-96, Artículo 30, no importando su condición: si están activamente laborando; en situación de jubilación o personas sin cobertura social. En ese sentido, la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH), por medio de la Defensoría de las Personas Mayores, en ...