Recuerda:
Que la migración irregular tiene causas estructurales, como la desigualdad social, el subempleo y la violencia criminal y doméstica, entre otras, lo que la convierte en una migración forzada.
Que, como medida de protección a las personas migrantes, los Estados de tránsito y destino deben asumir los mecanismos internacionales de no devolución masiva y acelerada, y que hacen prevalecer la protección de los derechos humanos.
Informa:
Que delegados de Auxiliaturas y Defensoría de las Personas Migrantes de la Institución del Procurador de los Derechos Humanos cumplirán su mandato Constitucional de supervisar y verificar la conducta de las autoridades involucradas en la atención y seguimiento a la caravana de migrantes que ingresa hoy a territorio guatemalteco, proveniente de Honduras.
Recomienda:
Al Instituto Guatemalteco de Migración:
Coordinar con instituciones y organizaciones la implementación de un plan de atención a las personas migrantes que integran la caravana proveniente de Honduras, especialmente dirigida a las personas en condiciones de vulnerabilidad, en cumplimiento del derecho a la protección internacional, que incluye la asistencia humanitaria, y garantizar la integridad de las personas.
Guatemala, 1 de octubre de 2020