La Defensoría de las Personas Usuarias del Transporte Público, de la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH), solicitó un informe a la Dirección de Protección y Seguridad Vial (Provial) respecto del hecho vial suscitado en el kilómetro 45 de la carretera Interamericana, CA-1 Occidente, Sumpango, Sacatepéquez, el pasado 18 de marzo del presente año.
En ese sentido, en distintas ocasiones la PDH ha solicitado acciones de prevención de estos hechos a la Dirección General de Transporte (DGT) y a Provial; asimismo, se han realizado supervisiones, monitoreos y notificado recomendaciones a las instituciones correspondientes, entre ellas:
A la institucionalidad pública con relación a las acciones que realizan para asegurar el cumplimiento por parte del transporte de carga, del Decreto Número 45-2016 Ley para el Fortalecimiento de la Seguridad Vial, en cuanto a la instalación y funcionalidad del limitador de velocidad y la disminución de hechos viales.
Al Ministerio de Gobernación y el Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil,
- Implementar de forma permanente campañas de educación y seguridad vial, campañas de educación vial, campañas de educación dirigidas a pilotos, personal del transporte colectivo, conductores de motocicleta, vehículos livianos, durante todo el año.
- Incrementar la cantidad deoperativos, enfocados en la en la prevención de hechos viales en el transporte de pasajeros.
Al Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, y a la Dirección General de Protección y Seguridad Vial,
- Continuar con la certificación de empresas calificadas para la instalación del limitador de velocidad y verificar en las carreteras que los vehículos de transporte cumplan con la disposición de no exceder el límite de velocidad establecido por medio de patrullajes rutinarios, operativos interinstitucionales, así como nuevas estrategias de control.
- Continuar periódicamente con el proceso de capacitación a pilotos para fortalecer sus capacidades y aumentar el número de pilotos capacitados.
A la Dirección General de Transporte,
- Realizar las acciones necesarias encaminadas a fortalecer con más recurso humano técnico y capacitado en el uso de implementador del sistema limitador de velocidad, en virtud que actualmente el personal trabajador resulta insuficiente para la verificación in situ de 23,000 autobuses registrados en Dirección General de Tránsito.
- Realizar operativos continuos coordinados con el Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil a efecto de verificar en carretera que los vehículos del transporte de pasajeros y carga cumplan con la disposición de no exceder la velocidad autorizada, caso contrario proceder conforme lo establecido en ley.
Guatemala, 30 de marzo de 2022.