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PDH da seguimiento al cumplimiento de medidas cautelares a favor de pacientes del Hospital Nacional de Salud Mental “Dr. Federico Mora”

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La Defensoría de las Personas con Discapacidad del PDH supervisó el cumplimiento de las medidas cautelares 370-12 emitidas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a favor de los pacientes del Hospital Nacional "Dr. Federico Mora" para verificar la respuesta del Estado y garantizar los derechos de las personas con discapacidad internas en dicho hospital.

Hallazgos:

  • A la fecha, el hospital tiene 584 trabajadores en las distintas áreas de trabajo. No se ha contratado a personal para intendencia y se ha registrado un déficit del personal que labora en esta área, en virtud de que la mayoría que lo conforman son personas mayores y están suspendidas debido al grado de vulnerabilidad a la COVID-19. Actualmente se encuentra laborando solo el 60% del personal y aunque se tienen solicitudes de contratación de más personal dirigidas al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) estas no han sido aprobadas. Los pacientes internos reportados a la fecha 297.
  • Durante la supervisión realizada en 2020 se reportaron aproximadamente 325 pacientes internos, cifra que genera incertidumbre ya que hubo una baja considerable de pacientes en 2021 (297). Al solicitar información sobre los motivos, no se logra evidenciar con claridad el destino del resto de pacientes.
  • Durante el 2020 las autoridades del hospital han tenido participación en la Mesa de Medidas Cautelares; sin embargo, no se tiene participación en la Mesa de Desinstitucionalización como tampoco en la Mesa de Ley de Salud Mental, por tal situación se considera preocupante el seguimiento y observancia a las medidas cautelares como a las recomendaciones de PDH en este sentido, también se inobservan temas relevantes como la desinstitucionalización de pacientes que han pasado muchos años dentro del hospital.
  • Se reportó apoyo y coordinación con MSPAS, Ministerio de Gobernación (MINOB), Ministerio Público (MP), la Oficina Nacional de Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (OPT),
  • 1 1 Oficio No. 227-2021 DR LAAM/ ecc y Oficio No. 27/2021 CCMR/or.
  • PDH da seguimiento al cumplimiento de medidas cautelares a favor de pacientes del Hospital Nacional de Salud Mental "Dr. Federico Mora"
  • Organismo Judicial (OJ), para procesos de seguimiento al estado de los pacientes internos; sin embargo, no han brindado apoyo a los pacientes por parte de la Comisión Presidencial por la Paz y los Derechos Humanos (COPADEH) y del Instituto de la Defensa Pública Penal (IDPP) situación que ha dificultado los avances de los temas concernientes a la desinstitucionalización y sobre todo a la búsqueda de alternativas para solventar la situación jurídica de muchos pacientes.

Se indicó que desde las autoridades del hospital han presentado denuncias a las entidades pertinentes de atender temas de violencia sexual, violencia física y suicidio, situación que evidencia que los pacientes no están atendidos y que la falta de atención provoca que estos actos sigan ocurriendo. En Recursos Humanos se desconoce si existe alguna ruta de denuncia a efecto de que se concrete un régimen disciplinario para los trabajadores.

  • Existe información distinta de traslados de pacientes a otras residencias u hogares durante 2020, ya que desde Dirección Ejecutiva se indica que no se realizaron; no obstante, Trabajo Social reporta que al menos 1 persona fue trasladada, situación que debe corregirse.
  • De 2020 a 2021 el hospital no reporta ingresos por alcoholismo, drogadicción, mal comportamiento o por ser personas de la diversidad sexual.

El presupuesto vigente del hospital es Q71.427,029. 59 millones son para funcionamiento y servicios (siendo el mismo del año anterior) y el resto constituye el aporte para atender la COVID-19.

  • Respecto a los planes para mejorar la atención y la búsqueda de la desinstitucionalización, la Dirección Ejecutiva indicó que trabajan para que el Sistema Penitenciario asuma su responsabilidad con los pacientes privados de libertad (pese a que no se registran avances verificables). Además, el hospital trabaja en programas de capacitación de salud mental en escuelas de la zona 18 como forma de prevención.

Pese a solicitar en varias áreas de trabajo una ruta que oriente a todos los trabajadores sobre la desinstitucionalización, que facilite los procesos para garantizar el derecho a la vida en la comunidad, no se presentó por escrito ninguna ruta de desinstitucionalización aduciendo únicamente que es parte de las funciones de cada área de trabajo; aunado a ello, se evidencia falta de coordinación entre las áreas de Trabajo Social y Asesoría Jurídica del hospital que favorezca la desinstitucionalización de personas con discapacidad.

  • En cuanto a suministrar medicamentos para evitar embarazos, como la realización de anticoncepción sin consentimiento de pacientes, se indica que estas prácticas no se realizan y están prohibidas en el hospital, tampoco está permitido el traslado de pacientes a otros hospitales con fines de esterilización.

Se evidencian dificultades para la sistematización de la información de los pacientes a efecto de establecer todos los procesos de los que son objeto los mismos en las distintas áreas de trabajo. En el área de Estadística los documentos de los pacientes no se encuentran resguardados adecuadamente, ya que se pudo observar que están colocados en estanterías y amarrados con lazos por grupos, lo cual representa un grave riesgo a que dicha información pueda perderse con facilidad ya sea por un siniestro o por sustracción de información.

  • A la unidad de Estadística se le solicitó información del total de pacientes ingresados a la fecha en que se realizó el monitoreo, desagregada por sexo, a lo cual respondieron que tenían 297 pacientes, pero no tenían el dato exacto de cuántos hombres y mujeres estaban ingresados. También se solicitó información de personas indígenas ingresadas, personas LGTBIQ+ y de las personas con implicación legal, pero se pudo evidenciar que no cuentan con un control y registro adecuado de los pacientes ya que disponen de una base de datos electrónica que no está actualizada por lo que deben recurrir a otras dependencias a solicitar información, situación que afecta la interseccionalidad de derechos.
  • En el hospital hay 10 trabajadores sociales que cuentan con el apoyo de 1 secretaria. El apoyo que obtienen para los procesos de reintegración familiar se limita a situaciones administrativas (disposición de vehículo, teléfono, viáticos), además se deduce que no se ha construido con ellos una ruta de desinstitucionalización de los pacientes y tampoco les han socializado una ruta general del hospital. Sigue siendo una debilidad la falta de contratación de personal que sepa idiomas mayas y lengua de señas. Los procesos de descentralización de salud mental continúan centralizados en el Hospital Nacional de Salud Mental "Dr. Federico Mora"
  • En cuanto a los servicios brindados en 2020, tomando en consideración el cierre de la Consulta Externa como medida de prevención del contagio de COVID-19, se registraron 24,823 consultas (alrededor de 13 mil servicios menos en comparación con el año 2019). Asimismo, se obtuvo el dato de los egresos, siendo un total de 146 personas que ingresaron por la emergencia (ante la cancelación de la consulta externa).
  • Durante el 2020 no se llevaron a cabo las capacitaciones dirigidas al personal, indicando que por la pandemia no se logran llevar a cabo las programadas.
  • El pabellón de privados de libertad tiene una capacidad de albergue para 40 pacientes; sin embargo, en la actualidad cuenta con 60 pacientes ingresados. No todos los pacientes cuentan con su Documento de Personal de Identificación, indican que esto varía de acuerdo a la forma en que los pacientes son ingresados al pabellón y al hospital. Según información referida por parte de los médicos psiquiatras, 85% de pacientes con implicación legal se encuentran estables por lo que ya no deberían permanecer dentro del hospital. Hay pacientes que se encuentran cumpliendo condena y otros que se encuentran bajo prisión preventiva o provisional, los mismos son remitidos por medio de orden de juez de Primera Instancia Penal Narcoactividad y Delitos Contra el Ambiente o por jueces de Paz Penal.
  • Se informó que es preocupante que los jueces remitan a pacientes que no ameriten estar dentro del pabellón de privados de libertad ni dentro del hospital, como el caso de un paciente que no tiene una condición psicosocial asociada a una enfermedad mental, tal es el caso del paciente Miguel Ángel Martínez con discapacidad intelectual profunda, que es proveniente de Petén e ingresó el 28 de enero del 2021 y que según la información con la que se cuenta, la familia solicitó ante juez que fuese trasladado al hospital, posterior a que falleciera la persona que se encontraba a su cuidado.
  • Con relación al acceso a la justicia, solo un paciente cuenta con auxilio profesional privado, todos los demás se encuentran bajo el auxilio del Instituto de la Defensa Pública Penal; sin embargo, los pacientes tienen más de un año de que los abogados no los visitan y tampoco trasladan información sobre sus casos, aun cuando los mismos pacientes han solicitado por escrito la información de sus procesos. Así mismo se proporcionó un listado con los nombres de 14 pacientes a quienes su proceso judicial no ha sido diligenciado por sus abogados defensores, existiendo pacientes con un tiempo de hasta 22 años de encontrarse ingresados dentro del hospital. Por lo que solicitan apoyo para que el Instituto de la Defensa Pública Penal actúe en estas situaciones. Uno de los casos que resalta es del paciente Gonzalo Cristóbal García Godínez quien ha permanecido privado de libertad durante 22 años, el primer año estuvo detenido en el centro carcelario de San Marcos, luego fue trasladado al pabellón de privados de libertad y hasta la fecha sigue allí sin que se le haya brindado apoyo para salir del hospital pese a tener recurso familiar idóneo, siendo totalmente contraproducente y violatorio a sus derechos humanos.
  • Dentro del pabellón privados de libertad se encuentran ingresados dos pacientes de origen extranjero, de El Salvador, y Nicaragua, cuyos casos son conocidos por el Juzgado de Quetzaltenango y por el Juzgado de Sacatepéquez refiriendo que ambos consulados tienen conocimiento de los mismos. En el caso específico del paciente de Nicaragua cuenta con una nota de expulsión a su país; no obstante, por falta de una resolución judicial no ha podido salir.
  • Según información de médicos psiquiatras, no hay ingreso de pacientes extranjeros que no hablen el idioma español; sin embargo, sí han ingresado pacientes guatemaltecos que hablan algún idioma maya, tal es el caso del

paciente Jesús Abraham López a quién no se le ha podido evaluar a profundidad ya que no hablan su idioma, en este caso se informó que es una enfermera quien ha brindado el apoyo, pero únicamente durante sus turnos.

  • En el pabellón de privados de libertad en 2020 se tuvieron varios reportes por parte de los pacientes sobre malos tratos del personal del Sistema Penitenciario, ya que existía un grupo de guardias que vulneraban los derechos de los pacientes, quienes daban malos tratos a los mismos; sin embargo, posterior a varias acciones realizadas, se tuvo una reunión con autoridades del Sistema Penitenciario a quienes se les informó sobre la situación y hasta la fecha indican que no se ha tenido inconveniente ya que se procedió a cambiar a varios guardias penitenciarios. A su vez se informó que existe muy poco personal de enfermería para la atención a pacientes, ya que los turnos se conforman solo de dos enfermeros, cuando lo ideal es que cinco pacientes estén bajo la supervisión y cuidado de un solo enfermero, esta última situación es recurrente en todos los pabellones.
  • En relación con la situación de la COVID-19, dentro de los pabellones se carece de insumos de protección para los pacientes (principalmente uso de mascarilla) haciendo excepción a los pacientes que salen a audiencias o alguna situación médica, quienes posteriormente permanecen aislados por 14 días en el área designada PRECOVID. Los únicos que se encuentran usando mascarilla son los médicos, enfermeros y personal de intendencia, así mismo los pacientes tampoco tienen acceso a gel antibacterial (anteriormente sí se los proporcionaban, pero los pacientes ingerían el alcohol en gel como bebida alcohólica).
  • Al momento de visitar los pabellones no se pudo observar al personal atendiendo a los pacientes y se observó que no se encontraban realizando ninguna actividad y el personal se encontraba en las oficinas que se encuentran dentro de los pabellones, se obtuvo información que desde que inició la pandemia no han recibido terapia ocupacional, ya que el área destinada para estas actividades se encuentra cerrada y utilizada como bodega de COVID-19. Se pudo conversar con el terapista ocupacional y manifestó que a los pacientes

no se les permite salir al aire libre por lo que es bastante complicado darles terapias; así mismo se acudió a la antigua capilla, lugar donde ahora se encuentra designado para la terapia ocupacional; sin embargo, no cuenta con espacio suficiente, está desordenado y no es un lugar idóneo para dar terapias.

  • El departamento de epidemiología indica que la periodicidad de las fumigaciones en los pabellones para la erradicación de vectores se realiza 4 veces cada trimestre, pero varía según la existencia de insumos por parte del MSPAS. Las mismas dan inicio a las 8:30 horas y finaliza a las 13:00 horas aproximadamente y se realizan en todas las áreas de los pabellones, inclusive en las áreas verdes.
  • Derivado de la observación a la infraestructura, condiciones de limpieza y medidas de prevención de contagio de COVID-19 se puede mencionar que las pocas puertas que existen dentro de los pabellones se encuentran picadas por la corrosión, los sanitarios y duchas funcionan pero necesitan que se mejoren en los aspectos de limpieza, las camas se encuentran en un estado regular, la mayoría de los pacientes (a excepción de los pacientes privados de libertad) se encontraban vestidos con filipinas de color corinto en un estado regular, no todos se encontraban de forma higiénica, todo el personal que labora para el hospital si cuenta con mascarillas, caretas y equipo de protección personal, así mismo en todas las oficinas cuentan con gel antibacterial y toma de temperatura al ingreso del hospital.
  • Sobre las condiciones de la cocina, algunas paredes están deterioradas y sucias, el piso se encuentra en condiciones de limpieza regular, a pesar de que no se evidenció restos de basura ni desperdicios tirados en la superficie; sin embargo, la condición general del piso denota en algunas áreas acumulación de mugre y suciedad impregnada; los utensilios de cocina se encuentran en condiciones deterioradas, el cuarto de congelamiento se encontró limpio y ordenado, los dos cuartos fríos se encontraron limpios y ordenados, en ninguna de las cámaras se evidenciaron productos vencidos o en mal estado.
  • Un aspecto preocupante recurrente en todo el monitoreo fue la queja de los pacientes respecto a que los alimentos no se los están dando a la hora establecida, por lo que en ocasiones aguantan hambre; esta información fue confirmada por varios enfermeros de distintos pabellones indicando que la situación surge por la falta de personal disponible ya sea por suspensiones o por ser personal con alto riesgo al contagio del COVID -19 que actualmente no llega a laborar, sin embargo, el impacto negativo en los pacientes es motivo de preocupación.


Conclusiones:

  • Existen serias dificultades para estandarizar y clarificar la información de los pacientes en relación con la baja del año 2020 al 2021, no proporcionando información que sustente a cabalidad sobre el destino con plena certeza de todos los pacientes.
  • Se considera positiva la participación en la mesa de medidas cautelares durante 2020; sin embargo, es preocupante que no se tenga participación en la Mesa de Desinstitucionalización como tampoco en la Mesa de la Ley de Salud Mental, viéndose dificultadas las acciones tanto institucionales como interinstitucionales para garantizar los derechos a la integridad y seguridad establecidos en el artículo 3 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y artículos 14 y 17 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aunado a ello no permite garantizar el derecho a vivir en la comunidad.
  • Aunque existe alguna coordinación con el MSPAS, MINGOB, MP, OPT, OJ en los temas que conciernen a la situación de los pacientes internos en el tema específico de medidas cautelares, afecta el cumplimiento a dichas medidas cautelares que tanto la COPADEH y el Instituto de la Defensa Pública Penal no presten atención y apoyo a los pacientes para solventar la situación jurídica de los pacientes, con especial énfasis a los privados de libertad. A su vez tampoco se ha optado por alternativas para establecer el apoyo técnico-jurídico, por lo que difícilmente se da atención para contrarrestar las posibles detenciones ilegales que pueden surgir de la estancia permanente dentro del hospital.
  • Se consideran importantes las medidas tomadas para la protección del personal frente a la COVID-19, en las que se incluye la suspensión de labores presenciales; sin embargo, esto no debe afectar de manera directa a los pacientes que necesitan indiscutiblemente de la mayor cantidad de personal para su debida atención, de tal cuenta que urgen medidas alternativas a efecto de que los pacientes no sean desatendidos en ningún aspecto. Por segundo año consecutivo se ve dificultada la contratación de personal por parte del MSPAS.
  • Los pacientes continúan siendo objeto de abusos físicos y maltratos, lo que provoca que siga existiendo violencia sexual y suicidios dentro del hospital, lo cual contraviene lo establecido en los artículos 15, 16 y 17 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y los párrafos 43, 44, 45 y 46 de las observaciones y recomendaciones del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y lo dispuesto por el Comité contra la Tortura (CAT/C/GTM/CO/5-6, 2013) en relación a los hospitales psiquiátricos, instituciones de internamiento de personas con discapacidad y centros penitenciarios para evitar el internamiento de personas condenadas por delitos y personas con discapacidad, por lo cual la presentación de denuncias ante los órganos competentes tiende a ser una medida reactiva y no preventiva a las situaciones presentadas, a su vez la falta de aplicación y registro de un régimen disciplinario favorece la comisión de dichos actos.
  • Prevalece la inexactitud y la información no certera de traslados de pacientes a otros hogares o residencias, de tal cuenta que se evidencia la necesidad de una ruta de desinstitucionalización que establezca el actuar de todas las áreas de trabajo que en su conjunto favorezcan la desinstitucionalización de las personas bajo parámetros que puedan ser abiertamente conocidos e identificables.
  • Se considera positivo que no existan registros de ingresos de personas al hospital que no tienen un perfil psicosocial que amerite su atención, de tal cuenta será preciso erradicar por completo el ingreso de personas por alcoholismo, drogadicción, mal comportamiento o por orientaciones sexuales.
  • Aunque se ha mantenido el presupuesto para el desarrollo de las acciones del Hospital Nacional de Salud Mental "Dr. Federico Mora" y se ha asignado un rubro para el tema de atención de COVID-19 dentro del hospital, es preciso que desde las autoridades del MSPAS se mantenga el presupuesto para la atención de COVID-19; sin embargo, en atención a los estándares internacionales es preciso que se invierta en la creación de alternativas y servicios para la descentralización de los servicios de salud mental, de tal cuenta que se disponga de dichos servicios en la comunidad para las personas que las puedan requerir.
  • Se hace necesario que exista coordinación interinstitucional estrecha entre autoridades del MSPAS, el Hospital Nacional de Salud Mental "Dr. Federico Mora" y la Dirección General del Sistema Penitenciario toda vez que en algunos casos se difumina la responsabilidad institucional de cada entidad al no establecer las competencias institucionales: además, la programación de actividades para el abordaje de la salud mental como método de prevención debe ser direccionado a manera que sea sostenible, ya que a la fecha solo se vislumbran acciones esporádicas.
  • Se observa que se carece de una ruta de trabajo previamente establecida que tenga por objetivo orientar a todas las áreas del hospital sobre los pasos a seguir, responsables, indicadores, etc., con un enfoque interseccional que favorezca la desinstitucionalización de las personas con discapacidad, por lo que el derecho a la vida independiente no se está priorizando dentro del actuar institucional, haciéndose evidente la falta de coordinación intrainstitucional.
  • Es importante que las prácticas que vulneran los derechos sexuales y reproductivos de las personas con discapacidad se erradiquen, a fin de garantizar que no exista medicación y prácticas tendientes a la esterilización y anticoncepción sin consentimiento de la persona paciente.
  • Persiste la dificultad para coordinar el manejo y sistematización de la información de los pacientes, y que esta a su vez sea de conocimiento de todas las personas que intervienen en los procesos del hospital; además, el enfoque interseccional debe ser priorizado a efecto de garantizar el derecho a la salud de los pacientes, resultando también inadecuado el lugar donde se archivan los expedientes médicos que con facilidad pueden ser extraviados.
  • La disponibilidad de datos desagregados de los pacientes que faciliten su ubicación por sexo, edad, implicación legal, identidad sexual y origen étnico resulta algo difícil de obtener, ya que no se tienen los controles administrativos que verifiquen que la base de datos se encuentre actualizada y con los datos antes mencionados.
  • La inexistencia de una ruta de desinstitucionalización de las personas ingresadas vulnera la libertad e integridad de las personas con discapacidad, además de no favorecer la vida en la comunidad, debe ser prioridad para la Procuraduría General de la Nación (PGN), MSPAS y del propio Hospital Nacional de Salud Mental "Dr. Federico Mora" a fin de garantizar el derecho de los internos a vivir en su comunidad, para lo cual priorizar acciones estratégicas de coordinación es primordial, más que solo acciones administrativas. Sigue siendo una necesidad y resulta en la negación del acceso a la información y la comunicación el hecho de que en las áreas donde se encuentran personas indígenas con discapacidad se carece de personal bilingüe especializado en idiomas de los pueblos mayas a efecto de garantizar la atención acorde a sus necesidades.
  • En comparación con el monitoreo realizado el año anterior, se evidencia que derivado de la COVID-19, como medida de prevención, se optó por el cierre

de la Consulta Externa, situación que reflejó drásticamente la reducción de la cantidad de servicios que se registraron en los años 2019 a 2020, siendo alrededor de 13 mil servicios menos los que se registran del año 2019 al 2020, por lo que definitivamente existe población que quedó fuera de la cobertura al no poder acceder al servicio de salud mental.

En el año 2020 no se desarrollaron acciones técnicas, administrativas o estratégicas para garantizar que el personal del Hospital Nacional de Salud Mental "Dr. Federico Mora", pese a la pandemia, fuera capacitado, de tal cuenta la búsqueda de alternativas, inclusive la utilización de la tecnología no fue adoptada para el cumplimiento de lo programado, siendo el tema del fortalecimiento de los conocimientos del personal un aspecto importante a abordar sistemáticamente a nivel institucional.

  • Dentro del pabellón de privados de libertad se sigue reflejando el alto índice de sobrepoblación como resultado de la falta de procesos administrativos y técnicos que conlleven a la presentación de los casos ante los jueces competentes a fin de agilizar los procesos de desinstitucionalización de las personas de dicho hospital, aunado a ello se vulneran los derechos humanos a la libertad y seguridad de las personas al existir gran cantidad de pacientes en condiciones estables y con la posibilidad de egresar; sin embargo, se enfrentan al detenimiento de sus casos sin mayores justificaciones. Otra situación que afecta es la falta de identificación personal de algunos pacientes que ignora por completo su identidad.
  • Persisten prácticas desde los órganos jurisdiccionales en lo que respecta al ingreso de personas al Hospital Nacional de Salud Mental "Dr. Federico Mora" sin que se tome en consideración el perfil de atención del hospital, de lo cual se hace necesario que los jueces conozcan sobre la temática de discapacidad.
  • El Instituto de la Defensa Pública Penal sigue siendo un ausente en los procesos de apoyo técnico-jurídico para garantizar que los pacientes ingresados en el Hospital Nacional de Salud Mental "Dr. Federico Mora", se les dé seguimiento a sus procesos judiciales y cuenten con una defensa técnica evitando posibles violaciones a sus derechos humanos y, sobre todo, previniendo la vulneración a su derecho humano a la libertad.
  • Se evidencia que dentro del Hospital Nacional de Salud Mental "Dr. Federico Mora" hay personas extranjeras como pacientes internos, de tal cuenta se hace necesario que desde las áreas vinculadas se dé seguimiento a efecto de que se tenga contacto con las embajadas y consulados, toda vez que su condición es actualmente estable, puedan ser conducidas a sus países de origen con el objeto de reunificarlos con sus familiares.
  • Dentro de los servicios que presta el Hospital Nacional de Salud Mental "Dr. Federico Mora" no se toma en consideración la contratación de personal especializado que conozca idiomas de los pueblos indígenas.
  • Se evidencian deficiencias en cuanto a la coordinación de autoridades de la Dirección General del Sistema Penitenciario con autoridades del Hospital Nacional de Salud Mental "Dr. Federico Mora", situación que ha provocado que las designaciones de los agentes del Sistema Penitenciario no tengan el perfil idóneo para trabajar con pacientes psiquiátricos, situación que ha facilitado el hecho de maltratos y abusos contra los pacientes del pabellón de privados de libertad, a su vez se desconoce sobre el régimen disciplinario que se aplica por parte del Sistema Penitenciario derivado de las constantes denuncias que existen en relación con dichos abusos y malos tratos. Por su contraparte la no contratación de personal de enfermería para los distintos pabellones, ha recargado las tareas de enfermería en muy pocas personas, de tal situación se descuidan muchas otras tareas a realizar.
  • Se desconocen los motivos que fundamenten por qué a los pacientes dentro de los pabellones no se les brinda mascarillas, pese a que el personal médico, enfermero y de intendencia sí utiliza; sin embargo, los cambios de turno prácticamente son puntos de quiebre que afectan a los pacientes tomando en consideración que el personal tiene contacto con los externos.
  • Se vulnera el derecho humano a la libertad y seguridad de las personas albergadas en el Hospital Nacional de Salud Mental "Dr. Federico Mora" al encontrarse pacientes en condición estable y que no deberían estar dentro del hospital. A su vez no se les brinda ningún tipo de terapia, por lo que no se motiva la autonomía progresiva, además de no garantizar lo establecido en el artículo 26 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad respecto a la habilitación y rehabilitación, debido a la COVID-19, esta situación se agravó al grado de tener a los pacientes no solo sin terapia, sino que sin la posibilidad de salir a otras áreas.
  • Según información recibida desde el Departamento de Epidemiología, se cuenta con programación para que personal del Área de Salud Guatemala Central2, realice el control químico vectorial para evitar la transmisión de enfermedades vectoriales dentro del hospital; sin embargo, no existe en ningún documento, acta, minuta, etc. que evidencie que se llevó a cabo, situación que pone en duda la realización de tales controles, poniendo en riesgo la salud de los internos.
  • Aunque en años anteriores se han realizado esfuerzos por mejorar la limpieza e infraestructura se puede mencionar que durante el presente monitoreo se evidencia descuido generalizado en los pabellones, tales situaciones se reflejan en el estado de las puertas, la limpieza general, la ropa de los pacientes (algunos sucios), debiendo poner atención especial a esta situación para evitar propagación de enfermedades a lo interno de los pabellones.
  • Derivado de la verificación a las condiciones de la cocina, resultan preocupantes las siguientes situaciones: el deterioro de algunas paredes y la suciedad en ellas, aunque no se evidencia basura ni restos de comida tirados sobre el piso, lo que sí es notorio es la mugre y suciedad impregnada en distintas áreas; además, los utensilios para la preparación de los alimentos se encuentran en mal estado.
  • Producto de la no aprobación (contratación) de plazas para las distintas áreas de trabajo, así como las suspensiones y medidas tomadas para que el personal con alto riesgo de contagio al COVID-19 no llegue a laborar, se tiene como consecuencia que los alimentos son entregados a los pacientes fuera de los horarios establecidos, situación que repercute directamente en su régimen alimenticio vulnerando su salud.


Recomendaciones:

Al Hospital Nacional de Salud Mental "Dr. Federico Mora"

Reiterar al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social la autorización de las plazas solicitadas con anterioridad, a fin de garantizar que la cantidad de personal disponible en todos los pabellones sea el idóneo, a manera de no afectar a los pacientes y asegurar una atención continua con calidad y calidez a los mismos.

  • Girar sus instrucciones a donde corresponda a efecto de garantizar que se tenga el registro y control del que son objeto los pacientes, incluyendo ingresos, egresos y traslados, de tal cuenta que se clarifique con facilidad el destino de cada paciente, a su vez informar acerca del paradero de todos los pacientes que del año 2020 a 2021 denotan diferencia sustancial en cuanto a la baja del número de pacientes, toda vez que en la última visita en el año 2020 se reportaron 325 personas con discapacidad; sin embargo, en el año 2021 se reportan 297.
  • Continuar con la participación en la Mesa de Medidas Cautelares y garantizar que exista personal que tenga participación en la Mesa de Desinstitucionalización y en Mesa de la Ley de Salud Mental para lo cual deben hacerse coordinaciones con las entidades rectoras de dichas mesas.
  • Girar sus instrucciones a donde corresponda a efecto de garantizar de que se logre coordinación con el Instituto de la Defensa Pública Penal, de tal cuenta que se brinde el apoyo técnico-jurídico a los pacientes internos, para que los abogados de dicho instituto puedan dar seguimiento a sus procesos judiciales ante los órganos jurisdiccionales para facilitar los egresos de pacientes en condición estable.
  • Establecer procedimientos administrativos para el correcto registro y aplicación del régimen disciplinario en relación con el maltrato, abuso y violencia en contra de los pacientes debiendo informar en todo momento a las autoridades administrativas para que procedan legalmente como corresponde de los actos suscitados en contra de los pacientes, también de las medidas que desde el hospital se han tomado durante el año 2020, administrativas y penales en contra de los responsables de dichos actos.
  • Fortalecer el área de Trabajo Social a efecto de que se logren contactos con las familias o se establezcan alternativas comunitarias que no impliquen el encierro de las personas con discapacidad, a su vez en los casos que con suma necesidad se realicen traslados de pacientes a otras residencias u hogares de forma temporal y establecer controles efectivos que respalden sustantivamente los procesos del que son objeto cada uno de los pacientes.
  • Realizar las acciones necesarias encaminadas a promocionar con todo el personal la prohibición de recibir e internar a personas por motivo de alcoholismo, drogadicción, malos comportamientos o por orientaciones sexuales previniendo con ello vulnerar sus derechos humanos.
  • Continuar con la disposición de recursos financieros para la atención y prevención de la COVID-19 debiendo considerar en coordinación con el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social la asignación presupuestaria para desarrollar programas de desinstitucionalización viable con plazos definidos; aunado a ello, aportando a la descentralización de los servicios de salud mental a efecto de que se disponga de atención a nivel comunitario para las personas que lo requieran.
  • Establecer coordinaciones estratégicas con el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y la Dirección General del Sistema Penitenciario para delimitar la responsabilidad de cada entidad en lo que respecta a la atención y seguimiento de los pacientes internos en el pabellón de privados de libertad.
  • Se reitera la recomendación emitida en el informe de supervisión realizada en el año 2020, en cuanto a elaborar una ruta de desinstitucionalización que incluya los mecanismos de intervención necesarios a efecto que cada área de trabajo tenga plena identificación de las tareas y acciones a desarrollar para evitar la violación al derecho a la libertad de las y los pacientes.
  • Se reitera la recomendación emitida en el informe de supervisión realizada en el año 2020, en cuanto a elaborar una ruta de desinstitucionalización que incluya los mecanismos de intervención necesarios a efecto que cada área de trabajo tenga plena identificación de las tareas y acciones a desarrollar para evitar la violación al derecho a la libertad de las y los pacientes.
  • Establecer controles estrictos y vigilancia para garantizar que la anticoncepción sin consentimiento de los pacientes y la esterilización forzada de personas con discapacidad sean situaciones que se erradiquen de cualquier tipo de acción institucional e interinstitucional.
  • Implementar mecanismos de coordinación para el manejo de la información sistematizada de los pacientes en todas las áreas del hospital a efecto de que se garantice el conocimiento de los avances, necesidades de los pacientes y que se incluyan los canales de comunicación a seguir en caso de cualquier eventualidad.
  • Ordenar a donde corresponda que se cuente con la desagregación de datos por sexo, edad, implicación legal, identidad sexual y origen étnico de todos los pacientes debiendo contar con la base de datos actualizada a fin de facilitar la verificación de caso por caso.
  • Generar procesos intra e interinstitucionales que permitan identificar los procesos a conllevar para desinstitucionalizar a los pacientes ingresados priorizando la vida en la comunidad, para lo cual es necesario contar con una ruta de desinstitucionalización y que esta sea plenamente divulgada en todas las áreas de trabajo, por su contraparte garantizar la salud de la población indígena con discapacidad, estableciendo medios, formas y técnicas necesarias a efecto de brindar la atención, medicación, tratamiento y seguimiento adecuado y accesible en concordancia con los estándares internacionales de derechos de los pueblos indígenas.
  • Buscar alternativas viables, factibles y asequibles para la atención de personas que hacen uso de la Consulta Externa debiendo privilegiar el acceso a la salud de todas las personas que necesiten este servicio, tomando todas las medidas de prevención para evitar contagios de COVID-19, a su vez informar sobre la manera en la que se ha hecho saber a todos los usuarios la manera de atención, derivado de la COVID-19 desde la declaratoria de la emergencia en el año 2020.
  • Establecer coordinaciones estratégicas e implementar alternativas para garantizar que el personal se capacite de acuerdo a la programación vigente; así mismo, incluir dentro de las temáticas los derechos de las personas con discapacidad y derechos de las personas mayores.
  • Priorizar la mejora de las coordinaciones entre el personal de Trabajo Social y el Área Jurídica del Hospital Nacional de Salud Mental "Dr. Federico Mora" para la reinserción familiar de los pacientes vinculando el trabajo interinstitucional con el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, el Instituto de la Defensa Pública Penal y la Procuraduría General de la Nación a efecto de posibilitar el egreso de los pacientes en condición estable, con ello permitiendo solventar parte de la problemática del hacinamiento, a su vez tomar medidas urgentes para la identificación de quienes no cuenta con Documento Personal de Identificación debiendo solicitar el apoyo del Registro Nacional de las Personas.
  • Establecer coordinación con las embajadas y consulados de las personas extranjeras internas en el Hospital Nacional de Salud Mental "Dr. Federico Mora" para viabilizar la reunificación familiar de estas personas, a su vez siendo una alternativa para la desinstitucionalización.
  • Garantizar la salud de la población indígena con discapacidad psicosocial, estableciendo medios, formas y técnicas necesarias a efecto de brindar la atención, medicación, tratamiento y seguimiento adecuado y accesible en concordancia con los estándares internacionales de los derechos humanos de los pueblos indígenas para lo cual se recomienda la contratación de personal especializado en idiomas de los pueblos indígenas.
  • Contar con registros que respalden las coordinaciones que se realizan con la Dirección General del Sistema Penitenciario en cuanto a comportamiento inadecuado de los agentes del sistema penitenciario, de tal cuenta que se pueda individualizar a quienes atentan contra la dignidad e integridad de las y los pacientes para que finalmente se aplique el régimen disciplinario y, en los casos que lo amerite, presentar la denuncia ante el Ministerio Público.
  • Incluir dentro de las medidas de prevención de la COVID-19, el hecho de brindar insumos de protección a los pacientes debiendo tener los controles necesarios para su correcta utilización a efecto de que estos no se constituyan en situaciones de inseguridad para su integridad y vida, para lo cual se debe tomar en cuenta alternativas para garantizar la higiene corporal de los pacientes en virtud de que el gel antibacterial fue retirado debido a que los pacientes lo ingerían.
  • Priorizar la actividad ocupacional y terapéutica reforzando las coordinaciones entre la encargada de rehabilitación, personal médico y de enfermería de los pabellones, a efecto de que la misma se realice de forma coordinada e integral motivando la autonomía progresiva, frente a la pandemia optar por alternativas e innovaciones que se encaminen a la vida independiente y en la comunidad de tal cuenta que se reafirma la necesidad de la ruta de desinstitucionalización, a su vez la actividad ocupacional se pueda realizar al aire libre bajo las medidas de seguridad permanentes.
  • Girar sus instrucciones a donde corresponda para garantizar que la programación de control vectorial para evitar la trasmisión de enfermedades vectoriales se lleve a cabo de acuerdo a lo planificado y que exista registro de su cumplimiento debiendo exhibir los documentos que respalden la realización del control vectorial.
  • Instruir y velar de forma permanente que la limpieza dentro de los pabellones, sanitarios, el estado de las camas y la condición de las puertas se mantengan en condiciones idóneas, limpias, salubres en beneficio de los pacientes debiendo asignar responsables de estas tareas diariamente con el objeto de que la salud de los internos no se vea vulnerada.
  • Instruir y velar permanentemente para que el personal asignado a la limpieza de la cocina realice su trabajo de manera efectiva, poniendo especial atención al deterioro de las paredes en mal estado, la mugre y suciedad impregnada en el piso, a su vez que los utensilios para la preparación de la comida se encuentren en condiciones idóneas debiendo informar sobre la periodicidad y forma de higienizar esta área, así como los utensilios y cantidad de personal responsable de realizar tales tareas.
  • Coordinar con RRHH del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social para contratación de personal necesario, con especial atención en personal de enfermería para los pabellones, a su vez mientras se autorizan dichas plazas debiendo garantizar que los alimentos a los pacientes sean brindados en los horarios establecidos para no afectar su régimen alimenticio.
  • Exhibir la documentación que respalde la cantidad de pruebas de COVID-19 realizadas con sus respectivos resultados, así como también de la cantidad vacunas adquiridas o designadas para aplicar a los pacientes (o la solicitud al MSPAS), finalmente indicar la periodicidad para realizar las pruebas de COVID-19 incluyendo la programación o plan correspondiente.
  • Realizar las coordinaciones con el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social para que se tenga una programación calendarizada de vacunación contra el COVID-19 para las personas con discapacidad internas en el Hospital Nacional de Salud Mental "Dr. Federico Mora".


Al Instituto de la Defensa Pública Penal

Girar sus instrucciones a donde corresponda a efecto de garantizar de que se tenga coordinación con el Hospital Nacional de Salud Mental "Dr. Federico Mora" y que se brinde el apoyo técnico-jurídico a través de una defensa técnica dentro de los procesos judiciales de los pacientes internos, así como el seguimiento ante los órganos jurisdiccionales de sus casos para facilitar los egresos de pacientes en condición estable.

  • Garantizar que los abogados asignados a los pacientes con implicación legal internos en el pabellón de privados de libertad den seguimiento a los casos correspondientes, de tal cuenta que se establezcan mecanismos de seguimiento efectivos para evitar violaciones a los derechos humanos de los pacientes de dicho pabellón, especialmente a la libertad que pueden surgir por la permanencia indefinida dentro del hospital.
  • Girar sus instrucciones a donde corresponde a efecto de solicitar en los juzgados competentes la programación de las audiencias de los pacientes ingresados en el Hospital Nacional de Salud Mental "Dr. Federico Mora" por orden judicial, con especial atención en aquellos que se encuentran en condición para egresar del mismo.


Al Ministerio de Gobernación

Establecer coordinaciones estratégicas con el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social y el Hospital Nacional de Salud Mental "Dr. Federico Mora" para delimitar la responsabilidad de cada entidad en lo que respecta a la atención y seguimiento de los pacientes internos en el pabellón de privados de libertad del citado hospital.

  • Establecer rigurosos controles que evidencien la capacidad e idoneidad de los guardias de la Dirección General del Sistema Penitenciario que son asignados al pabellón de privados de libertad dentro del Hospital Nacional de Salud Mental "Dr. Federico Mora " debiendo capacitar a los guardias penitenciarios sobre los temas de derechos humanos de personas con discapacidad y personas mayores debiendo garantizar que al individualizar a agresores de las y los pacientes sean objeto de aplicación del régimen disciplinario y, en los casos que lo amerite, la presentación de denuncia ante el Ministerio Público.
  • Que a los pacientes internos del pabellón de privados de libertad del Hospital Nacional de Salud Mental "Dr. Federico Mora" se les brinde un trato en igualdad de condiciones en cuanto a la visita de sus parientes, ya que, en otros centros de privación de libertad, ya se está permitiendo dicha visita bajo estrictos controles de bioseguridad.



A la Procuraduría General de la Nación

  • Que con fundamento en el artículo 53 de la Constitución Política de la República de Guatemala y el Decreto 512 del Congreso de la República de Guatemala verificar en el Hospital Nacional de Salud Mental "Dr. Federico Mora" se establezcan controles estrictos y vigilancia para garantizar que la anticoncepción sin consentimiento de los pacientes y la esterilización forzada de personas con discapacidad sean situaciones que se erradiquen de cualquier tipo de acción institucional e interinstitucional.
  • Generar procesos intra e interinstitucionales que permitan identificar los procesos a conllevar para desinstitucionalizar a los pacientes ingresados en el Hospital Nacional de Salud Mental "Dr. Federico Mora" priorizando la vida en la comunidad, para lo cual es necesario contar con una ruta de desinstitucionalización.
  • Trabajar en coordinación con el área de Trabajo Social y Jurídico del referido hospital, así como con el Instituto de la Defensa Pública Penal a efecto de que se ubiquen los recursos familiares idóneos para las personas que se encuentran estables y que ya no deberían estar en el mismo.


Al Organismo Judicial

  • Promover que previo a ordenar, por parte de los jueces, el ingreso de personas al Hospital Nacional de Salud Mental "Dr. Federico Mora", deben tomar en cuenta su condición psicosocial y tener conocimiento del perfil de la persona que se ordena su ingreso, a efecto de no vulnerar sus derechos humanos.
  • Girar sus instrucciones a donde corresponde a efecto de procurar programar a la brevedad las audiencias de los pacientes ingresados en el Hospital Nacional de Salud Mental "Dr. Federico Mora" por orden judicial, con especial atención en aquellos que se encuentran en condición para egresar del mismo.


A la Oficina Nacional de Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

  • Consolidar en un plan con su respectivo cronograma las acciones de seguimiento a los pacientes ingresados dentro del Hospital Nacional de Salud Mental "Dr. Federico Mora" con el objeto de garantizar sus derechos humanos, en especial, lo concerniente a prevenir abusos y maltratos. En caso de identificar agresores proceder con las denuncias correspondientes para su atención debida.


Asimismo, la Procuradora Adjunta, Claudia Maselli, el Defensor y equipo de la Defensoría de las Personas con Discapacidad, de la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH), llevaron a cabo una verificación en el Hospital de Salud Mental Doctor Federico Mora, con el objetivo de establecer el grado de adopción de las medidas cautelares 370-2012 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en relación con salvaguardar la vida, integridad y todas las condiciones que giran en torno a los pacientes internos en dicho hospital; asimismo, constatar la implementación de medidas y protocolos para la contención del COVID-19, tanto en pacientes como en trabajadores.

La verificación se llevó a cabo conjuntamente con el Colectivo Vida Independiente, quienes son coopeticionarios con Disability Rights International, respecto de las medidas cautelares antes citadas.

Guatemala, 05 de mayo de 2021.

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