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PDH realizó acción específica para conocer la situación de la sala destinada a personas inadmitidas del Aeropuerto Internacional La Aurora

Personas-Migrantes
La Defensoría de las Personas Migrantes realizó, en los meses de enero y febrero de 2021, dos acciones de verificación en el área de Control Migratorio del Aeropuerto Internacional La Aurora para verificar la situación de la sala de personas inadmitidas.


Hallazgos

1.Se constató que el espacio de la sala es reducido y que el mobiliario no permite mantener el distanciamiento social establecido por las medidas de bioseguridad establecidas por la emergencia sanitaria de la COVID-19 y que es requerido para la prevención del contagio del virus colocando en situación de riesgo tanto a personas extranjeras remitidas como a los agentes de la División de Puertos, Aeropuertos y Puestos Fronterizos (DIPAFRONT) de la Policía Nacional Civil que los custodian y que permanecen en el área siendo responsabilidad directa de la Dirección General de Aeronáutica Civil, como ente a cargo de la administración del espacio físico del Aeropuerto Internacional la Aurora, y del Instituto Guatemalteco de Migración, como autoridad administrativa que ordena el traslado de las personas inadmitidas a dicha área.

2.No se cuenta con acceso a servicios sanitarios en el lugar ni aseo personal de las personas extranjeras inadmitidas siendo responsabilidad directa de la Dirección General de Aeronáutica Civil como ente a cargo de la administración del espacio físico del Aeropuerto Internacional la Aurora.

3.Se determinó que la alimentación suministrada a las personas extranjeras inadmitidas es irregular, ya que las aerolíneas responsables de la misma no atienden su obligación de manera efectiva quedando bajo la responsabilidad del Instituto Guatemalteco de Migración la imposición de sanciones y multas al respecto.

Conclusiones

1.Dadas las condiciones del lugar, no se cumplen las medidas de bioseguridad de prevención establecidas por el Misterio de Salud Pública y Asistencia Social en cuanto a la emergencia sanitaria de la COVID-19, las cuales son de aplicación obligatoria en las instalaciones administradas por entidades públicas correspondiendo tanto a la Dirección General de Aeronáutica Civil y al Instituto Guatemalteco de Migración garantizar la observancia de las medidas sanitarias correspondientes.

2.Las empresas de transporte aéreo no cumplen con su responsabilidad empresarial de proveer alimentación a aquellos pasajeros que por incumplimiento de requisitos de ingreso son trasladados al área designada para personas extranjeras inadmitidas, siendo el Instituto Guatemalteco de Migración la entidad encargada de emitir las sanciones correspondientes.

Recomendaciones

A la Dirección General de Aeronáutica Civil

1.Coordinar con el Instituto Guatemalteco de Migración las acciones necesarias para cumplir las normas sanitarias emitidas por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, en cuanto a distanciamiento social y reducción de condiciones de riesgo de contagio de COVID-19, en las instalaciones asignadas para la permanencia de personas extranjeras inadmitidas.

2.Asignar al Instituto Guatemalteco de Migración, dentro del Aeropuerto Internacional La Aurora, un espacio adecuado para habilitar una nueva sala para personas extranjeras inadmitidas, derivado de la realización de un estudio de viabilidad y factibilidad para la determinación del tamaño necesario, ambientes según población a atender.

3.Realizar las gestiones que correspondan para la asignación de servicios sanitarios y servicios de higiene necesarios y adecuados, tanto para hombres como para mujeres cuidando que se asigne espacio especial para que las madres de familia atiendan a niños y niñas de la primera infancia.

Al Instituto Guatemalteco de Migración

1.Coordinar con la Dirección General de Aeronáutica Civil las acciones necesarias para cumplir con las normas sanitarias emitidas por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social en cuanto al distanciamiento social y reducción de condiciones de riesgo de contagio de COVID-19 en las instalaciones asignadas para la permanencia de personas extranjeras inadmitidas.

2.Gestionar con la Dirección General de Aeronáutica Civil que dentro del Aeropuerto Internacional La Aurora se asigne al Instituto Guatemalteco de Migración un espacio adecuado para habilitar una nueva sala para personas extranjeras inadmitidas, derivado de la realización de un estudio de viabilidad y factibilidad para la determinación del tamaño necesario, ambientes según población a atender.

3.Asegurar el cumplimiento de la normativa nacional e internacional en materia de derechos humanos de las personas migrantes para garantizar la integridad y bienestar de las personas inadmitidas a su ingreso en el Aeropuerto Internacional La Aurora, ya que se encuentran bajo la responsabilidad de las autoridades guatemaltecas.

4.Reiterar a las empresas y aerolíneas su responsabilidad empresarial de respetar los derechos humanos de los migrantes, en este caso, de proveer en la manera que sea posible la alimentación a las personas extranjeras inadmitidas en territorio guatemalteco que se encuentran en la sala asignada en el Aeropuerto Internacional La Aurora, con base en los principios rectores sobre empresas y los derechos humanos de la Organización de las Naciones Unidas.

Guatemala, 29 de marzo de 2021.

Ver Informe: 

INFORME VERIFICACIÓN ACCIÓN ESPECIFICA SOBRE LA SITUACIÓN DE SALA DESTINADA A PERSONAS INADMITIDAS EN EL AEROPUERTO INTERNACIONAL LA AURORA FEB 2021 

PDH presentó recurso de revisión por la resolución...
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