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Debido a las recomendaciones realizadas por el Auxiliar de Poptún, Petén, de la Procuraduría de los Derechos Humanos (PDH), en dejar sin efecto la resolución que consta en acta 82-2020, con fecha 16 de septiembre, que instruye a todos los encargados de las dependencias municipales como apoyo interinstitucional del Tribunal Supremo Electoral (TSE), respecto de solicitar a los usuarios de los servicios de la Municipalidad de Poptún la boleta de empadronamiento que extiende el ente regulador de las Elecciones Generales.

En este sentido, con fecha 19 de noviembre, la Municipalidad de Poptún, Petén, en reunión de Concejo Municipal, en acta 99-2020 acordó dejar sin efecto el acta 82-2020, instruyendo a los encargados de las dependencias municipales que no deben solicitar a los usuarios de los servicios municipales la boleta de empadronamiento extendida por el TSE para realizar sus trámites.

Estas recomendaciones de la Procuraduría de los Derechos Humanos en Poptún deriva de una denuncia pública que circuló en redes sociales en contra de la Municipalidad de Poptún, que solicitaba dicho documento para que las personas afectadas por las tormentas Eta e Iota recibieran la ayuda humanitaria.

Ante esta situación, el 10 de noviembre, el persona de la PDH verificó y constató que la denuncia era falsa; sin embargo, evidenció que la boleta de empadronamiento electoral si era requerida a los usuarios para realizar trámites en la Municipalidad de Poptún, por lo que el 16 de noviembre se emitieron las recomendaciones correspondientes a las autoridades ediles, con el objetivo de que dicha acción no amenace los derechos humanos de las personas del municipio de Poptún, puesto que dicho documento es únicamente para habilitar el ejercicio de los derechos y obligaciones cívicas y políticas de los guatemaltecos en un proceso electoral.

Petén, Poptún, 26 de noviembre de 2020.