Expresa:

Que la Constitución Política de la República garantiza el derecho a la seguridad social de la población, y es obligación de trabajadores y patronos contribuir a financiar su régimen procurando el mejoramiento progresivo.

Que la Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) establece que la Junta Directiva es el órgano supremo de autoridad de la entidad.

Que el IGSS es una entidad autónoma, responsable de sus actos, los cuales deben en todo momento estar orientados al servicio de las personas trabajadoras y sus beneficiarios.

Que el Organismo Ejecutivo designó como Presidente de la Junta Directiva del IGSS a José Adolfo Flamenco Jau y como su suplente a Manuel Vicente Paiz Loarca, quienes asumirán el día de hoy.

Que las nuevas autoridades designadas heredan una gestión con prácticas de transparencia en la adquisición de medicamentos, gracias a la asistencia técnica de UNOPS, que contribuyó a ahorros significativos y el incremento, casi en un ciento por ciento, de las reservas de la institución.

Que una buena administración de la seguridad social en el país -tal como lo establece la Ley Orgánica del IGSS- es factor clave en la estabilidad económica de sus afiliados y sus familiares, y además contribuye a la gobernabilidad democrática del país y no ampliar las brechas de la desigualdad social.

Recomienda:

Al nuevo presidente de la Junta Directiva del IGSS,

- Continuar con las buenas prácticas de gestión y adquisición de medicamentos; desarrollar y profundizar en la hoja de ruta de ampliación de cobertura de servicios de la institución que la Junta Directiva ha encaminado, a fin de desconcentrar y hacer eficiente la atención de los afiliados y sus beneficiarios en todo el territorio nacional.

- Proseguir con los planes y proyectos de ampliación y mejora de la infraestructura, a efecto de lograr espacios dignos y decentes en la atención de las poblaciones beneficiarias; contribuir a cuidar, incrementar y darle el mejor uso al significativo fondo de reservas en congruencia con los principios y fines a los que responde el IGSS.

- Velar porque el Programa de Invalidez, Vejes y Sobrevivencia, responda lealmente a los afiliados y procurar el cierre progresiva de la brecha de cuotas atrasadas del Estado y que éstas sean trasladadas al IGSS, tal cual lo establece la ley, a fin de robustecer todos sus programas y consolidar su sostenibilidad.

Guatemala, 4 de junio de 2021.