Recuerda:

Que la Organización de las Naciones Unidas, por medio de la Resolución No. 66/127, emitida el 9 de marzo 2012, designó el 15 de junio como el Día Mundial de toma de Conciencia del Abuso y Maltrato en la Vejez, con el propósito de llamar la atención acerca de las múltiples formas de maltrato de las personas mayores.

Expresa:

Que el maltrato de las personas mayores es un tema aún no abordado en Guatemala con la relevancia que le corresponde. El maltrato es una acción u omisión, única o repetida, contra una persona mayor que produce daño a su integridad física, psíquica y moral, y vulnera el ejercicio de sus derechos humanos, independientemente de que ocurra en una relación de confianza.

Que ese desconocimiento, aún en las personas mayores, propicia que quienes son víctimas de esas acciones las asuman con normalidad y no las denuncian.

Señala:

Que las instituciones públicas relacionadas con las problemáticas de las personas mayores, como el Comité Nacional de Protección a la Vejez (Conaprov), presidido por la Secretaría de Obras Sociales de la Esposa del Presidente (SOSEP), de acuerdo al Decreto 80-96, Ley de Protección para las Personas de la Tercera Edad, deben impulsar acciones encaminadas a visualizar la magnitud del maltrato contra las personas mayores e incidir en su erradicación.

Que Guatemala cuenta con normas que protegen a las personas mayores, pero son notorias las brechas que impiden afianzar los derechos humanos de las personas de 60 años y más.

Recomienda:

A las autoridades de los organismos Legislativo y Ejecutivo, continuar con el proceso de aprobación de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, pues al convertirse en una normativa vinculante permitiría afianzar los derechos y libertades fundamentales que les asisten a las personas mayores.

Guatemala, 15 de junio 2022