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41/22 En el Día Internacional del Trabajo, el Procurador de los Derechos Humanos expresa que aún persiste en Guatemala la lucha para lograr que todas las personas trabajadoras accedan a una ocupación digna que contribuya a su desarrollo integral y el de sus familias

Expresa:

Su reconocimiento a las personas trabajadoras que día a día luchan y se esfuerzan por llevar a sus hogares los ingresos que les permiten solventar los gastos de alimentación, vivienda, educación, salud y otras necesidades básicas. Asimismo, saluda a las organizaciones sindicales que trabajan en defensa de los derechos laborales.

Que aún persiste la lucha para lograr que todas las personas trabajadoras en Guatemala accedan a una ocupación digna que contribuya a su desarrollo integral y el de sus familias. Cerca del 70% de la población trabajadora sigue sin percibir siquiera el salario mínimo legalmente establecido. Continúan las desigualdades de salarios para el mismo trabajo entre hombres y mujeres, adultos y jóvenes, indígenas y no indígenas, en desventaja para mujeres, jóvenes e indígenas. Las jornadas laborales extensas, sobre todo en el trabajo doméstico, el comercio y la agricultura informal, siguen sin ser remuneradas debidamente. Persiste el trabajo infantil que, bajo los estándares internacionales, se califica como una forma de trabajo forzado. Por otro lado, muchos centros de trabajo presentan déficit de seguridad e higiene.

Recuerda:

Que la Constitución Política de la República establece que el Estado se organiza para proteger a la persona y a la familia, debiendo garantizar la vida, libertad, justicia, seguridad, paz y el desarrollo integral de la persona humana.

Que el derecho al trabajo se encuentra consagrado en nuestro contrato social, en la cual establece que el trabajo es un derecho y una obligación social, siendo este una garantía con aplicación a través de la capacidad de ejercicio o en su caso la capacidad relativa de la persona. El Código de Trabajo regula tutelaridad del Estado de los derechos de los trabajadores para propiciar una vida digna y estable.

Que en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, se obliga a los Estados a fomentar, proteger y tutelar el derecho humano al trabajo, y se reconoce su interdependencia con los demás derechos sociales e individuales.

Recomienda:

Al Gobierno de la República, garantizar a toda la ciudadanía el derecho humano a un trabajo digno y decente.

Al Ministerio de Trabajo y Previsión Social, tutelar los derechos de las personas trabajadoras y vigilar que sus derechos laborales sean respetados.

Desplegar supervisiones constantes a efecto de constatar el cumplimiento de las garantías mínimas de las personas trabajadoras.

Velar que la atención que brindan sus delegados en todo el país sea cálida, efectiva y eficiente, considerando que la persona trabajadora busca su auxilio inmediato.

Garantizar una atención integral a las organizaciones sindicales que solicitan apoyo en la institución.

Guatemala, 1 de mayo de 2022 

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