Expresa:

Que la Constitución Política de la República establece que es deber del Estado garantizar a los habitantes de la República el desarrollo integral de la persona, reconociendo la libertad de industria, comercio y trabajo. El Estado debe promover el desarrollo económico estimulando actividades agrícolas, pecuarias, industriales, turísticas y de otra naturaleza.

Que desde la declaración de la emergencia sanitaria por el COVID-19, en marzo de 2020, la actividad turística ha sido severamente golpeada, dadas las restricciones de movilización y aforo, lo cual ha derivado en despidos significativos de personas trabajadoras en el sector.

Que a esta emergencia se ha sumado en los últimos meses la problemática de inseguridad de los turistas en varios centros emblemáticos de atracción de visitantes, como los alrededores del lago de Atitlán, Petén y Antigua Guatemala, entre otros, y los volcanes de Agua, Pacaya y Acatenango, en particular.

Que la Política Nacional de Desarrollo Turístico Sostenible (2012-2022) define la actividad turística como fuente de desarrollo sostenible nacional e identifica estrategias para impulsarlo como actividad relevante en la generación de empleo y el encadenamiento de otras actividades económicas y de servicios.

Recomienda:

Al Instituto Guatemalteco de Turismo,

Promover estrategias que faciliten la recuperación a corto plazo de la actividad turística, vital para la generación de empleos, el encadenamiento de la economía y el ingreso de divisas.

A la Dirección General de la Policía Nacional Civil, a través de la dirección especializada,

Desplegar operaciones efectivas de prevención del crimen y protección de turistas y de las poblaciones receptoras.

Guatemala, 16 de febrero de 2022