Recuerda:

Que en la 74ª. Asamblea General de las Naciones Unidas, celebrada en octubre de 2019, se proclamó el 28 de septiembre como el Día Internacional del Acceso Universal a la Información. En 2015, la Conferencia General de la UNESCO ya había proclamado este día, tras la Resolución 38 C/57.

Manifiesta:

Que el objetivo principal del Día Internacional del Acceso Universal a la Información en 2021, es obtener de manera rápida las soluciones sostenibles encaminadas a alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), con el trabajo conjunto de los gobiernos y la sociedad civil para que lo asuman como propio y contribuyan al Objetivo 16 de los ODS, que es Promover sociedades justas, pacíficas e inclusivas, en particular en lo relativo a la creación de instituciones eficientes y responsables a todos los niveles.

Que a pesar de constituir un mandato constitucional, en Guatemala se han establecido cierto procedimientos y regulaciones de acceso a la información pública a partir de la aprobación de la Ley de Acceso a la Información Pública hace trece años. Que aunque se han observado avances en la formación de una cultura de acceso a la información, aun persisten resistencias y actitudes de opacidad en ciertas instituciones de la administración pública.

Que en su calidad de autoridad reguladora del derecho de acceso a la información pública, la Institución del Procurador de los Derechos Humanos, reafirma su compromiso de continuar protegiendo este derecho humano fundamental previsto en la Constitución Política de la República y en los convenios internacionales de los que hace parte el Estado de Guatemala.

Recomienda:

A los Sujetos Obligados,

- Continuar y mejorar el cumplimiento que dicta la Ley de Acceso a la Información Pública (Decreto 57-2008), bajo los principios de transparencia, máxima publicidad, sencillez, celeridad y gratuidad.

- Respetar los plazos establecidos por la Ley en la atención de las solicitudes de información. Mantener disponible y actualizada la información pública de oficio. Atender a todas las personas, sin discriminación. Publicar información en portales electrónicos amables que faciliten el acceso a los datos abiertos y que la información pueda ser reutilizada.

A los sujetos activos (toda persona solicitante),

- Procurar la práctica continua de acceso a la información para la toma de decisiones basadas en evidencia, así como para acceder a otros derechos que contribuyan a transformar y mejorar la calidad de vida de todas las personas.

Guatemala, 28 de septiembre de 2021.