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156/21 El Procurador de los Derechos Humanos, Jordán Rodas Andrade, condena la revictimización de Verónica Molina a causa de la incapacidad del sistema de justicia de sancionar, por principio de proporcionalidad, al responsable de la violación sexual, y denuncia que entre 2018 y 2020 se registraron 840 casos similares, a pesar de la evidencia suficiente o que los acusados reconocieron su culpa

Manifiesta:

Que la denuncia presentada por Verónica Molina a través de las redes sociales, de haber sido víctima de violación sexual por parte de Diego Ariel Stella, así como el tratamiento que los tribunales le han dado a este caso, revictimizándola, pone de manifiesto la incapacidad del sistema de justicia para procesar y sancionar a los responsables de graves delitos de violencia contra la mujer, lo cual debe preocupar y ser rechazado por toda la sociedad.

Que la Defensoría de la Mujer ha conocido, documentado y acompañado muchos casos de mujeres sobrevivientes de violencia, los cuales han puesto en evidencia que el sistema de justicia, las oficinas públicas encargadas e incluso los mecanismos de protección especializados están socavados por prácticas, conceptos y narrativas profundamente misóginas y actitudes patriarcales.

Que entre el 2018 y el 2020, el Ministerio Público recibió en todo el país 28 mil 958 denuncias de violación sexual y 109 mil 893 de violencia contra la mujer. Sumadas, estas denuncias superan las de amenazas y robos. Los fiscales tradujeron en casos penales más de 10 mil denuncias, pero solo 3 mil 880 llegaron a sentencia (39%); de éstas, en tres de cada diez el acusado fue declarado inocente. En 840 casos -al igual que el que sufrió Verónica Molina- pese a la suficiencia de evidencias o que los acusados reconocieron haber cometido la violación sexual o agresión, solo les fue impuesta una compensación económica para evitarles la prisión.

Recuerda:

Que las instituciones públicas, en particular las de seguridad y justicia, así como sus autoridades, están obligadas a velar por el respeto irrestricto de los derechos humanos de todas las mujeres, por tanto, tienen la alta responsabilidad de garantizarles su dignidad, investigaciones diligentes y profesionales, e impartir justicia con objetividad, apegados al principio de legalidad, sin sesgos misóginos ni patriarcales, como condición de no repetición ni revictimización.

Que, en consonancia con lo establecido en la "Convención de Belem do Para", en la Ley contra el Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer, en la Convención sobre la Eliminación de todas la Formas de Discriminación contra la Mujer "CEDAW" y en las últimas reformas a las leyes Contra la Violencia Sexual y Trata de Personas.

Recomienda:

Al Ministerio Público,

● Fortalecer sus actuaciones basándose en protocolos sólidos de investigación y argumentación penal, con enfoque de derechos humanos de las mujeres y apegados a estándares de debida diligencia que aseguren, sin sesgos, omisiones o actitudes negligentes, los elementos de prueba que permitan a los juzgadores sentencias y sanciones justas para el caso de Verónica Molina y de las mujeres sobrevivientes de agresiones y violaciones sexuales.

● Asumir plenamente su responsabilidad en la creación de condiciones que protejan los derechos humanos de las mujeres en todos los procesos relativos al acceso a la justicia y a sentencias justas y sanadoras para las sobrevivientes.

Al Organismo Judicial,

● garantizar la impartición de la justicia especializada a favor de las mujeres cumpliendo los estándares de la debida diligencia y de derechos humanos de las mujeres, sin escamotear el delito y procurando una sentencia proporcional al delito de violación sexual, como es el caso de Verónica Molina.

● Asumir su responsabilidad en la creación de condiciones para la no repetición de estos crímenes que marcan de manera indeleble la vida de las mujeres, independientemente de su condición social, edad o lugar de residencia.

Guatemala, 1 de septiembre de 2021. 

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