Expresa:

Su preocupación por los lamentables accidentes viales ocurridos en las primeras semanas de 2022 que han cobrado la vida de siete personas, mientras decenas sufren lesiones de diversa gravedad. Las causas de estos percances, que además han provocado daños a patrimonios públicos y privados en Quetzaltenango, Mixco, Palín-Escuintla y ruta al Atlántico, son el exceso de velocidad, imprudencia, fallas mecánicas y en algunos casos déficit de preparación de los pilotos.

Que durante 2021 se registraron 211 percances de tránsito en los que murieron 52 personas y 258 quedaron heridos, a la vez que 19 conductores se fugaron del lugar del accidente, eludiendo su responsabilidad. La violencia vial representa ya la segunda causa de muerte en Guatemala y por eso constituyen un grave problema de salud pública.

Manifiesta:

Su solidaridad con las familias de las víctimas y los sobrevivientes de los lamentables hechos de tránsito, y reconoce la importancia de la reparación digna.

Que las autoridades pertinentes -incluyendo el Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil, la Dirección General de Transportes, la Dirección General de Protección y Seguridad Vial y las Policías Municipales de Tránsito- están obligadas a redoblar las disposiciones de prevención y, cuando sea el caso, promover la actualización de las normas a fin de mitigar los percances viales, en particular el Decreto 45-2016 (Ley de fortalecimiento para la seguridad vial) y su Reglamento.

Recomienda:

A las autoridades de la administración central de Gobierno,

Implementar acciones inmediatas de prevención que garanticen la seguridad de las personas usuarias del transporte público y de la vía pública. Asimismo, adoptar disposiciones en procura de carreteras más seguras, la autorización de transporte público en óptimas condiciones y jornadas razonables de trabajo y descanso de los conductores.

Al Congreso de la República,

Fiscalizar el transporte público para que alcance estándares internacionales de seguridad y comodidad, tanto de las personas que deben ser transportadas como de los pilotos y sus asistentes, evitando, además, la contaminación del ambiente.

Actualizar la legislación para lograr el funcionamiento eficiente del servicio de transporte público, un acceso adecuado a los autobuses, estaciones y demás infraestructura; además, agilizar la discusión de la iniciativa 5107 que dispone la Ley reguladora del transporte público y la creación de la Intendencia del Transporte Público, basada en un enfoque de derechos humanos.

Al Ministerio de Comunicaciones, Transporte y Vivienda,

Asegurar que las empresas de transporte de personas y de mercaderías cumplan los principios rectores de empresas y derechos humanos: el respeto de las normas, la protección de los usuarios y de la población en general, la mitigación de los factores de riesgo, remediando los daños que produzcan los accidentes inevitables. Asimismo aplicar y promover sanciones drásticas cuando estos principios sean transgredidos, en particular los más frecuentes: unidades de transporte sin mantenimiento o estado defectuoso y conductores sin la preparación necesaria y sometidos a jornadas extenuantes.

Garantizar la construcción y mantenimiento de carreteras seguras y bien señalizadas, principalmente en zonas de riesgo y áreas pobladas. Procurar un sistema integral de transporte público, acorde al enfoque de derechos humanos y de los Objetivos de Desarrollo Sostenible: Objetivo 3, meta 3.6, y Objetivo 11, meta 11.2.

Fortalecer la Dirección de Protección y Seguridad Vial y la Dirección General de Transporte para que adquieran mayor presencia calificada en carreteras y contribuyan a disminuir los percances de tránsito.

A las Municipalidades y Policías Municipales de Tránsito,

Profesionalizar a su personal para que cumpla correctamente sus funciones, tanto en sus respectivas jurisdicciones, como en el trato y pertinencia de las revisiones.

Guatemala, 15 de enero 2022.