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92/20 El Procurador de los Derechos Humanos, Jordán Rodas Andrade, ante el impasse político y los amparos jurisdiccionales en torno a la entrada en vigencia del Decreto 15-2020, recomienda a los altos organismos del Estado actuar conforme al principio constitucional de primacía del bien común sobre el interés particular, pues el acceso a los servicios públicos es una cuestión de derechos humanos, especialmente ante la emergencia sanitaria por COVID-19

Recuerda:

Que el Presidente de la República sostuvo que acataría la decisión del Congreso de la República de publicar en el Diario Oficial el Decreto 15-2020. De no cumplirse lo expresado oportunamente por el Presidente de la República, el Congreso de la República deberá ordenar la publicación de dicho Decreto-Ley, en cumplimiento de la Constitución. El Decreto 15-2020 no es una condonación de deuda de tarifas, sino un prorrateo de pagos, convenido entre las partes, sin mora u otras cargas del consumo de tres meses, el cual se debe hacer efectivo en un plazo no mayor de un año.

Recomienda:

A los altos Organismos del Estado pertinentes,
  • Proceder al acatamiento de los dictados de la Constitución Política de la República, en particular el capítulo dedicado a los derechos sociales, cuya piedra angular es la primacía del bien común sobre el interés particular.
  A las autoridades sectoriales competentes,
  • En acatamiento a la ley, garantizar a toda la población el acceso a los servicios públicos, especialmente agua y energía eléctrica.
  A la administración central del gobierno y a las instancias rectoras del sector,
  • Encontrar fórmulas de alivio a la presión financiera y/o de operaciones de empresas que en lo particular enfrenten dificultades de liquidez, sin poner en riesgo el principio del bien común.

Guatemala, 20 de mayo de 2020.

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