- Mantener las medidas de contención, particularmente, las restricciones al comercio, transporte público, movilidad de las personas y labores en el sector público, cuando se trate de actividades no esenciales.
- Prestar atención especial a las poblaciones en condiciones de pobreza y pobreza extrema que, por las propias condiciones de habitabilidad y trabajo en que sobreviven, están permanentemente en alto riesgo de infección y muerte.
- Redoblar los esfuerzos de la administración pública para garantizar la celeridad en la entrega de ayuda a la población beneficiaria de los programas contenidos en los Decretos 12-2020 y 13-2020, cuyo objetivo es apoyar la subsistencia de trabajadores asalariados, pequeños comerciantes y familias en situación de riesgo.
- Adoptar medidas excepcionales para garantizar la distribución de alimentos en las áreas rurales, priorizando las comunidades más vulnerables asentadas en el Corredor Seco.
- Sancionar y publicar el Decreto 15-2020 del Congreso de la República que contiene las Medidas Adicionales de Protección para Población de los Efectos Económicos Provocados por la Pandemia del COVID.19.
Guatemala, 10 de mayo de 2020