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79/19 Ante el accidente ocurrido este 1 de agosto del bus de la ruta 65 el Procurador de los Derechos Humanos, Jordán Rodas Andrade

Manifiesta:

Que, según los informes del Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil y el Instituto Nacional de Ciencias Forenses de Guatemala, los hechos viales continúan siendo la segunda causa de muerte en el país.

Recuerda

Que es competencia de las municipalidades regular el transporte de pasajeros, garantizando que se cumpla con las condiciones de seguridad, eficiencia y beneficio público que establece la Ley del Transporte Público. La Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana –EMETRA-, enmarca sus objetivos en ser el ente regulador de tránsito vehicular en el Municipio de Guatemala.

Recomienda:

A la Municipalidad de Guatemala, tomando en cuenta las causas más frecuentes de este tipo de accidentes en el transporte público, como el exceso de velocidad y la falta de mantenimiento de las unidades:
  • Revisar los contratos suscritos y concesiones otorgadas para el establecimiento del servicio del transporte público con la finalidad de verificar que se cumplan con los requisitos establecidos en la Ley de Transporte, con especial atención en lo referente a: “[…] las condiciones de eficiencia y seguridad que pueda ofrecer el servicio, principalmente con respecto a la carga y las vidas de pasajeros y tripulantes: [… ] d. Sobre la calidad de los vehículos y demás implementos del servicio u otros datos que se consideren necesarios […]”.
  • Establecer por medio de la Entidad Metropolitana Reguladora de Transporte y Tránsito del Municipio de Guatemala y sus Áreas de Influencia Urbana –EMETRA-, los mecanismos en pro de regular y ordenar el tránsito y el transporte en el área metropolitana emitiendo las sanciones correspondientes de conformidad con lo establecido en la Ley de Tránsito Decreto 132-96 del Congreso de la República de Guatemala.

Guatemala, 2 de agosto de 2019

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