Sede Central: 12 avenida 12-54 zona 1 1555 [email protected] Todos los días: 24 horas

75/19 Ante el Convenio suscrito entre el Ministerio de Gobernación de Guatemala y el Secretario de Seguridad Nacional de Estados Unidos de América, el Procurador de los Derechos Humanos de Guatemala, Jordán Rodas Andrade

Manifiesta:

Su preocupación por las consecuencias que pueda tener el Acuerdo de Cooperación respecto al Examen de Solicitud de Protección, el cual es resultado de las acciones en el ámbito diplomático entre los Gobiernos de Guatemala y Estados Unidos. De conformidad con el artículo 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala, en el cual se regulan las funciones de los Ministros de Estado y les otorgan jurisdicción “sobre todas las dependencias de su ministerio”, pero no confiere facultades para suscribir convenios entre Estados. La Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969 establece en su artículo 7 que un Estado solamente podrá manifestar su consentimiento al obligarse a un tratado, siempre y cuando estos reúnan “plenos poderes”, o las que detalle la misma convención, mencionando el Ministerio de Relaciones Exteriores, Jefes de Misión diplomáticas y representantes ante Organismos Internacionales. El Ministro de Gobernación no reúne ninguna de estas características o calidades.

Hace un llamado:

Al Congreso de la República de Guatemala a no conocer el contenido de este acuerdo, ya que de conformidad a los artículos 8 y 45 de la Convención de Viena, un acuerdo de tal tipo puede surtir efectos si es confirmado por el Estado, y, por ende, el Estado de Guatemala no podría alegar nulidad en un futuro por un acto ilegal del Ministro de Gobernación. La Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, a su vez, detalla en su artículo 52 que es “nulo todo tratado cuya celebración se haya obtenido por la amenaza”. Los días previos a la ratificación de este acuerdo, se observó las diferentes amenazas del presidente de los Estados Unidos de América en contra de funcionarios de gobierno y ciudadanos guatemaltecos; hasta el propio Gobierno de Guatemala reconoció públicamente a través del comunicado publicado el 26 de julio en el numeral 2, la existencia de amenazas transnacionales. Como consecuencia de la acción realizada este 26 de julio por el Ministro de Gobernación, la Carta Magna es clara al indicar que serán nulas ipso jure las leyes y las disposiciones gubernamentales o de cualquier otro orden que disminuyan, restrinjan o tergiversen los derechos que la Constitución garantiza. Además, que los funcionarios son depositarios de la autoridad, responsables legalmente por su conducta oficial, incluso a nivel internacional, sujetos a la ley y jamás superiores a ella. Asimismo, la función pública no es delegable, aspecto manifiesto y que afecta directamente a la Constitución. En tal sentido el Procurador de los Derechos Humanos, Jordán Rodas Andrade, expresa que la función de suscripción de convenios no le compete a los Ministros de Estado, en este caso al Ministro de Gobernación y en virtud que la función pública no es delegable, no puede recibir tal delegación.  

Guatemala, 26 de julio de 2019

76/19 El Procurador de los Derechos Humanos de Gua...
74/19 El Procurador de los Derechos Humanos Jordán...