Expresa:

Que las personas con discapacidad tienen dificultades en su interacción con el entorno, debido a diversas barreras que les impiden acceder, en igualdad de condiciones, a los servicios que se prestan a nivel público y privado en relación con el resto de la población, siendo un sector poblacional con un alto grado de vulnerabilidad ante la pandemia COVID-19. Que, debido a las particularidades propias de la discapacidad, así como de la exclusión social de carácter estructural a la que cotidianamente se enfrentan, se hace necesaria y de vital importancia la protección y resguardo de su integridad, evitando a toda costa exponerlos al contagio, por lo que las medidas de distanciamiento social son indispensables para tal fin.

Recuerda:

Que la relatora especial sobre los derechos de las personas con discapacidad de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), Catalina Devandas Aguilar, el 17 de marzo del 2020, respecto a la pandemia, resaltó: “Las personas con discapacidad sienten que las han dejado atrás (…) las medidas de contención, como el distanciamiento social y el aislamiento personal pueden ser imposibles para quienes requieren apoyo para comer, vestirse o ducharse (…) Este apoyo es básico para su supervivencia, y los Estados deben tomar medidas adicionales de protección social para garantizar la continuidad de los apoyos de una manera segura a lo largo de la crisis”[1], además expuso que “Muchas personas con discapacidad dependen de servicios que han sido suspendidos, o no tienen los suficientes recursos para hacer reservas de alimentos y medicinas o pagar los costos adicionales de las entregas a domicilio”[2]. Que la Alianza Internacional de Discapacidad, a la luz de la pandemia y su impacto desproporcionado en las personas con discapacidad, el 19 de marzo del 2020 recomendó: “abordar de manera eficiente la gama de riesgos que enfrentan las personas con discapacidad, estableciendo que se debe recibir información en formatos accesibles, a la vez que todos los planes de preparación y respuesta deben ser inclusivos y accesibles con perspectiva de género”[3].

Reitera:

Que frente a la pandemia COVID-19 las personas con discapacidad están expuestas a mayores índices de exclusión y violación de sus garantías fundamentales, de tal cuenta es necesario considerar todas las medidas de apoyo desde las autoridades para que las personas con discapacidad sean resguardadas a efecto de no poner en riesgo su salud. Es impostergable la intervención del Estado para que en los programas dirigidos a mitigar la situación del COVID-19, se priorice a las personas con discapacidad. El abordaje de las necesidades de las personas con discapacidad requiere un enfoque interseccional, siendo esencial considerar que las condiciones de discapacidad son distintas en cada persona, por lo que la implementación de ajustes razonables es de suma importancia, para evitar la vulneración de los derechos humanos de este grupo poblacional.

Recomienda:

Al presidente de la República de Guatemala y su equipo de trabajo:
  1. Garantizar que, en la distribución de los beneficios de los programas dirigidos a la población, se priorice a las personas con discapacidad, advirtiendo que su condición de vulnerabilidad requiere especial atención para evitar que el impacto de la pandemia COVID-19 en el país, resulte en un incremento de la brecha de exclusión y desigualdad que existe en relación con las demás personas.
  2. Establecer medios, formatos y canales de comunicación accesibles para la entrega de la ayuda a las personas con discapacidad, considerando las particularidades de los distintos tipos de discapacidad, siendo un derecho el acceso a la información y la comunicación.
  3. Crear alternativas para la implementación de los programas de ayuda a las personas con discapacidad que viven en los lugares más recónditos del país, siendo ellos quienes, generalmente, también están afectados por las condiciones de pobreza y pobreza extrema.
  A los alcaldes y Consejos Municipales:
  1. Incluir en los listados de beneficiarios de los programas del Gobierno Central, así como programas municipales, a las personas con discapacidad, priorizando la entrega con medidas accesibles.
  Al Consejo Nacional para la Atención de las Personas con Discapacidad:
  1. Coordinar con las organizaciones de personas con discapacidad, las oficinas municipales de discapacidad en el ámbito nacional, los Consejos Municipales y las Gobernaciones Departamentales, la información respecto a ubicación, tipo de discapacidad, y necesidades específicas de las personas con discapacidad a efecto de contar con una base de datos que permita que los programas lleguen a todas las personas que lo necesiten.

Guatemala, 20 de abril de 2020

 
  1. Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. COVID-19: ¿QUIÉN PROTEGE A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD?, ALERTA EXPERTA DE LA ONU. Recuperado de: https://www.oacnudh.org.gt/index.php/sala-de-prensa/noticias-y-comunicados/249-covid19-personas-con-discapacidad
  2. Ídem
  3. Alianza Internacional de Discapacidad, HACIA UNA RESPUESTA INCLUSIVA DE LA DISCAPACIDAD FRENTE AL COVID-19, Recuperado de: http://www.internationaldisabilityalliance.org/sites/default/files/ida_recomendaciones_para_una_respuesta_inclusiva_de_ la_discapacidad_frente_al_covid19.pdf