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34/19 Ante la necesidad de implementación de acciones coordinadas para la prevención de la tuberculosis y la atención en salud de personas diagnosticadas con tuberculosis, el Procurador de los Derechos Humanos de Guatemala, Jordán Rodas Andrade, expresa:

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), la incidencia de la tuberculosis a nivel mundial se está reduciendo a un ritmo del 2% anual, aproximadamente; esta cifra debe aumentar al 4-5% para alcanzar las metas fijadas para ponerle fin a la tuberculosis, que es una de las 10 principales causas de mortalidad en el mundo. [1] De acuerdo a estimaciones de la OMS, entre los años 2000 y 2017 se salvaron 54 millones de vidas gracias a la dispensación de servicios de diagnóstico y tratamiento contra la tuberculosis. [2] Información requerida en septiembre de 2018 a las autoridades del Programa de Tuberculosis y Enfermedades Respiratorias, indicó que los departamentos donde hay mayor índice de casos de personas diagnosticadas con tuberculosis, de acuerdo con la vigilancia epidemiológica del MSPAS son: Guatemala, Escuintla, San Marcos, Retalhuleu, Izabal y Suchitepéquez, concluyendo que dicha afección estaba vigente y activa en el país. En cumplimiento del mandato constitucional y legal del Procurador de los Derechos Humanos para supervisar a la administración y de promover el buen funcionamiento y la agilización de la gestión administrativa gubernamental en materia de derechos humanos, la Procuraduría de los Derechos Humanos ha llevado a cabo supervisiones y monitoreos para verificar las acciones emprendidas por el Programa Nacional de Tuberculosis del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social para responder y dar tratamiento a las personas diagnosticadas con tuberculosis. Entre las acciones realizadas por la Procuraduría en el tema, el 9 de abril del presente año se llevó a cabo el foro “Actualización y avance en el Protocolo para la atención de las personas diagnosticadas con tuberculosis en Guatemala”, con el objetivo de propiciar un espacio para conocer los avances en la actualización del protocolo de atención para el manejo y tratamiento de la tuberculosis en centros asistenciales y para personas privadas de libertad, para la implementación de mecanismos que permitan establecer de forma temprana y eficaz los brotes epidemiológicos en todos y cada uno de los centros de atención en salud y centros de privación de libertad, para evitar un mayor contagio en las personas. En dicha actividad se obtuvo información a través de representantes del Sistema Penitenciario y del Programa Nacional de Tuberculosis sobre la existencia de una subvención del Fondo Mundial para habilitar clínicas para el tratamiento de personas privadas de libertad diagnosticadas con tuberculosis, indicándose que para el otorgamiento de este fondo es necesaria la aprobación de los máximos responsables de los ministerios de Salud Pública y Asistencia Social y de Gobernación, sin embargo a la fecha el proceso no ha concluido, por no contarse con la firma del Ministerio de Gobernación. Lo anterior presenta como riesgo la pérdida del fondo de más de Q 2 millones destinados a los centros de privación de libertad Canadá, Pavón y Zona 18, donde se construirían clínicas, áreas de hospitalización y aislamiento, con su respectivo equipo para atención de casos de tuberculosis. La Organización Panamericana de la Salud (OPS) ha resaltado que la tuberculosis es catalogada como una “enfermedad social”, que se perpetúa en poblaciones que viven en determinadas condiciones, entre las que se resaltan el hacinamiento y las dificultades para acceder a los servicios de salud.[3] Al respecto la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha apuntado que “[d]esde hace varios años, […] ha observado que el problema más grave y extendido que enfrentan los Estados miembros con respecto a la gestión penitenciaria es el hacinamiento […]”.[4] Guatemala no escapa de lo señalado por la CIDH, puesto que, por ejemplo, los tres centros de privación de libertad a los que estaría destinada la subvención para la construcción de clínicas para la atención a tuberculosis presentan altos índices de hacinamiento[5]:
Establecimiento Población Capacidad Hacinamiento
Granja Canadá 3,220 600 2,620
Granja Pavón 4,067 960 3,107
Preventivo zona 18 4,872 1,500 3,372
  Resulta indispensable resaltar que la OMS ha indicado que la prevalencia de tuberculosis en los establecimientos de privación de libertad es hasta 100 veces mayor que entre la población civil, por lo que la ejecución de programas basados en la estrategia para poner alto a la tuberculosis y el mejoramiento de condiciones en estos centros, permitiría un control efectivo de la enfermedad, protegiendo no sólo a las personas privadas de libertad, sino al personal que labora en los centros, a los visitantes y a la comunidad en su conjunto.[6] En virtud de los hallazgos obtenidos por el Procurador de los Derechos Humanos respecto a la existencia de personas diagnosticadas con tuberculosis en los centros de privación de libertad y los niveles de hacinamiento señalados, se resalta que el aprovechamiento de la subvención para la construcción de clínicas que permitirían atención dentro de los mismos centros a personas con tuberculosis es un insumo importante para la efectiva prevención y atención de esta enfermedad. Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), en su Objetivo 3, Salud y Bienestar, plantean como meta “[p]ara 2030, poner fin a la epidemia del SIDA, la tuberculosis, la malaria y las enfermedades tropicales desatendidas y combatir la hepatitis, las enfermedades transmitidas por agua y otras enfermedades transmisibles.”[7] Alcanzar esta meta necesariamente implica que los Estados adopten “providencias, tanto a nivel interno como mediante la cooperación internacional, especialmente económica y técnica, para lograr progresivamente la plena efectividad [del derecho a la salud].”[8] En virtud de lo anterior, el Procurador de los Derechos Humanos exhorta al Ministerio de Gobernación y Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social a continuar con los trámites correspondientes para el otorgamiento de la subvención del Fondo Mundial para habilitar clínicas para el tratamiento de personas privadas de libertad diagnosticadas con tuberculosis y continuar con las coordinaciones en aplicación al Protocolo para la atención de las personas diagnosticadas con tuberculosis en Guatemala y de esta forma aportar a la disminución de la incidencia de la enfermedad en el país y al respeto y garantía del derecho a la salud de las y los guatemaltecos.  

Guatemala, 11 de abril de 2019

 
  1. Organización Mundial de la Salud, Tuberculosis, datos y cifras, disponible en línea en: https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/tuberculosis, fecha de consulta 10 de abril de 2019.
  2. Loc.Cit.
  3. OPS Guatemala, Unidos para poner fin a la tuberculosis, disponible en línea en: https://www.paho.org/gut/index.php?option=com_content&view=article&id=854:unidos-para-poner-fin-a-tuberculosis&Itemid=441, fecha de consulta 11 de abril de 2019
  4. Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Informe sobre el uso de la prisión preventiva en las Américas, 2013, Párrafo 287, página 108. Disponible en línea en: http://www.oas.org/es/cidh/ppl/informes/pdfs/Informe-PP-2013-es.pdf
  5. Información proporcionada por la Sub Dirección Operativa de la Dirección General del Sistema Penitenciario al 8 de abril de 2019.
  6. OMS, Tuberculosis en las cárceles, disponible en línea en: https://www.who.int/tb/challenges/prisons/prisons-facts/es/, fecha de consulta 10 de abril de 2019.
  7. Organización de las Naciones Unidas, Objetivos de Desarrollo Sostenible, metas, objetivo 3 salud y bienestar, disponible en línea en: https://www.un.org/sustainabledevelopment/es/health/
  8. Organización de Estados Americanos, Convención Americana sobre Derechos Humanos, Artículo 26, desarrollo progresivo.
   
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