Recuerda:

Ante las medidas adoptadas por el Gobierno de Guatemala, cientos de personas en situación de calle (hombres y mujeres, jóvenes, personas mayores y migrantes en tránsito) dejaron de ser atendidas por instituciones e iglesias que permanentemente les brindan asistencia alimentaria, médica o de cobijo, ubicándoles en una situación de extrema vulnerabilidad, aumentando el riesgo de contagiarse con el virus COVID-19 e infectar a sus pares así como a otras personas que transitan en lugares públicos. “Los grupos en situación de vulnerabilidad son aquellos que debido al menosprecio generalizado de alguna condición específica que comparten, a un prejuicio social erigido en torno a ellos o por una situación histórica de opresión o injusticia, se ven afectados sistemáticamente en el disfrute y ejercicio de sus derechos fundamentales.”1 “El concepto de vulnerabilidad se aplica a aquellos sectores o grupos de la población que por su condición de edad, sexo, estado civil, origen étnico o cualquier otro se encuentran en condición de riesgo, impidiendo su incorporación a la vida productiva, el desarrollo y acceder a mejores condiciones de bienestar.”2 “La pobreza extrema configura una situación de vulnerabilidad, ya que impacta en quienes no tienen para comer, así como en aquellas personas que sufren de pobreza en cuanto al acceso a diversos servicios”3 incluyendo el acceso a la salud en el contexto de esta emergencia. Por lo que,

Recomienda:

Al Gobierno de Guatemala a través del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, Gobernaciones Departamentales, en coordinación con las Municipalidades, asegurar en la medida de lo posible:

Guatemala, 19 de marzo de 2020

  1 Comisión Estatal de Derechos Humanos de Nuevo León. Seminario sobre Personas con Discapacidad. Marzo 2019 2 Ídem 3 Ídem