Recuerda:

Que el Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona humana y la familia, y es su deber garantizar a los habitantes la vida, la libertad, la seguridad, la paz y el desarrollo integral.

Que la Policía Nacional Civil (PNC), es la institución encargada de proteger la vida, la integridad física, la seguridad de las personas y sus bienes, así como de garantizar el libre ejercicio de sus derechos y libertades.

Que el 17 de junio pasado, el señor Edgar René Ic Pérez perdió la vida en manos de un elemento de la PNC. Esa tarde, cuando regía el toque de queda, el señor Ic Pérez regresaba de laborar en su vehículo y fue perseguido por agentes policiales en la zona 6 de la ciudad capital. Uno de ellos forcejeó con el trabajador y con uso de fuerza excesiva intentó extraerlo del vehículo. El señor Ic Pérez recibió un disparo en la cabeza y murió en el lugar.

Que, según fotografías de prensa, el señor Ic Pérez sostenía en su mano un salvoconducto que le permitía circular en las restricciones de locomoción. El caso se encuentra judicializado y el agente policial enfrenta el proceso penal que determinará su grado de responsabilidad.

Expresa:

Su repudio por el homicidio del señor Edgar René Ic Pérez, y el uso excesivo de la fuerza del agente de la PNC que le privó la vida. Los agentes policiales actuaron con negligencia, como se desprende del video que circuló en las redes sociales.

Recomienda:

Al Ministro de Gobernación y al Director General de la Policía Nacional Civil:


Guatemala, 28 de septiembre de 2020