Lamento los hechos que indica y cómo lastiman a su familia.

Por tratarse de hechos que pudiesen tipificarse como delitos, al Ministerio Público corresponde agilizar las investigaciones para deducir las responsabilidades correspondientes.

En cuanto a su persona, al igual que su servidor, no me resta más que recordar que los funcionarios públicos estamos sujetos al escrutinio público y a la exposición de la opinión pública, tal como lo expresa el artículo 35 de la Constitución Política de la República.

Si usted cree que se ha contrariado dicha norma suprema es recomendable que haga uso de los mecanismos legales que la Ley de Emisión del Pensamiento establece.

En cuanto a los ataques en redes sociales, tristemente han llegado a ser parte del paisaje virtual de Guatemala, en el cual mensajes de odio se replican contra distintos funcionarios y personas, incluyéndome, pero he optado por no darle importancia alguna.

Esperando que estos inconvenientes no desvíen su atención de la responsabilidad que se le ha encomendado y que la misma sea ajustada a derecho, transparencia y buscando siempre el bien común, sugiero darle la debida importancia a lo que debe ser realmente trascendental como servidor público.

Guatemala, 9 de septiembre de 2020