Recuerda:

Que el 28 de agosto de 2014, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó sentencia en el caso “Defensor de derechos humanos y otros Vs. Guatemala”, y declaró que el Estado es internacionalmente responsable por la violación de los derechos a la integridad personal, de circulación y residencia, las garantías judiciales y la protección judicial, en perjuicio de la defensora de derechos humanos B.A. y otros miembros de su familia. Asimismo, la Corte estableció la violación de dichos derechos en relación con los derechos de la niña y el niño, en perjuicio de quienes eran menores de 18 años al momento en que ocurrieron los hechos. Que existe un consenso internacional acerca de que la labor realizada por las y los defensores de derechos humanos es fundamental para el fortalecimiento de la democracia y el Estado de Derecho. Las actividades de fiscalización, denuncia y educación que realizan los defensores de derechos humanos atienden los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, de conformidad con los principios de universalidad, indivisibilidad e interdependencia. Que parte de la sentencia de la Corte es la obligación del Estado de Guatemala de emitir una Política Pública para la Protección de las y los Defensores de Derechos Humanos, en amplia consulta con los peticionarios del caso y las organizaciones de la sociedad civil. Que en 2016, el Gobierno de Guatemala creó el Grupo Promotor integrado por los tres poderes del Estado y el Ministerio Público, el cual, convocando a diversos sectores, trabajó el borrador de la política pública que fue consensuado y aprobado por dicho grupo, quedando pendiente su consulta en todo el país, con el propósito de enriquecer la propuesta; sin embargo, en los dos últimos años no se ha registrado avances en este proceso.

Expresa:

Su consternación porque, mientras se discute una propuesta de Política Pública para la Protección de las y los Defensores de Derechos Humanos, los ataques contra los defensores de derechos humanos se han incrementado. Su preocupación por la suerte de esta Política Pública tras el cierre de Copredeh, institución que dirigía el proceso de aprobación, a la vez que se han debilitado los mecanismos de protección, entre ellos, la Instancia de Análisis de Ataques contra Defensores del Ministerio de Gobernación, que permanece inactiva.

Recomienda:

Al Gobierno de la República que, en atención a los compromisos internacionales en materia de derechos humanos y en cumplimiento de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, A los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y al Ministerio Público,

Guatemala, 28 de agosto de 2020