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166/20 El Procurador de los Derechos Humanos, Jordán Rodas Andrade, recuerda al Gobierno de la República que los Acuerdos Gubernativos no son superiores a los Decretos del Congreso de la República ni a la Constitución Política de la República, por tanto, tiene impedimento para desmantelar la institucionalidad de los Acuerdos de Paz

Manifiesta:

El Acuerdo Gubernativo 98-2020, de fecha 30 de julio del año en curso, crea la Comisión Presidencial por la Paz y los Derechos Humanos, y deroga el Acuerdo Gubernativo 115-2001, mediante el cual se creó la Secretaría de la Paz de la Presidencia de la República. La Secretaría de la Paz, sin embargo, tiene un mandato del Congreso de la República (Decreto 52-2005) de representar al Gobierno de la República, en calidad de Secretaría Técnica del Consejo Nacional para el Cumplimiento de los Acuerdos de Paz, por lo cual el Acuerdo Gubernativo 115-2020 violenta el principio de jerarquía normativa que contempla la Ley del Organismo Judicial (artículo 9) y los artículos 44 y 175 de la Constitución Política de la República. Por otro lado, el Acuerdo Gubernativo 100-2020 del Presidente de la República en Consejo de Ministros, le concede a la Comisión Presidencial por la Paz y los Derechos Humanos la atribución de cumplir “los compromisos gubernamentales derivados de los Acuerdos de Paz y la conflictividad del país”, lo cual le compete, de acuerdo al Decreto Ley 52-2005 del Congreso de la República, al titular de la Secretaría de la Paz de la Presidencia de la República. En consecuencia, los acuerdos gubernativos 98-2020 y 100-2020 emitidos por el Presidente de la República en Consejo de Ministros son parcialmente contrarios a normas superiores, como lo son leyes del Congreso de la República, y la propia Constitución Política de la República y son, por tanto, inaplicables.

Recomienda:

Al Presidente de la República,
  • Derogar dichos acuerdos gubernativos y acudir al Consejo Nacional para el Cumplimiento de los Acuerdos de Paz a fin de deliberar y consensuar eventuales reformas a la institucionalidad de la Paz para conducirlos al Congreso de la República como iniciativa de Ley.

Guatemala, 31 de julio de 2020

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