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145/19 El Procurador de los Derechos Humanos de Guatemala, Jordán Rodas Andrade, expresa su preocupación por la tardía asignación de los recursos para el funcionamiento de los Centros de Apoyo Integral para la Mujer sobreviviente de Violencia –CAIMUS- del Grupo Guatemalteco de Mujeres, el cual fue desembolsado a dos días de finalizar el año presupuestario 2019

Considerando:

Que a pesar que en estos CAIMUS se brindaron servicios integrales y gratuitos a un aproximado de 11 mil mujeres víctimas de violencia contra la mujer, la actuación dilatoria del Ministerio de Gobernación -MINGOB- para desembolsar los respectivos recursos, violentó los derechos humanos del personal profesional encargado de brindar los servicios integrales e impidió el fortalecimiento de los CAIMUS para garantizar protección y asesoría inmediata a más mujeres que pudieron beneficiarse de protección y asesoría inmediata en el marco del acceso a la justicia especializada. Que PDH por medio de la Defensoría de la Mujer, la Dirección de mediación y Asesoría Jurídico, realizaron diversas acciones en el marco del mandato constitucional para que el MINGOB cumpliera con su obligación de asignar los recursos presupuestarios en calidad y tiempo a los CAIMUS. Que las peticiones de GGM y que las acciones de la PDH tienen su sustento en las recomendaciones del Comité de la CEDAW y en la Ley contra el Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer, Decreto 22-2008.

Recuerda:

Al Organismo Legislativo, al Ministerio de Gobernación y al Ministerio de Finanzas, la obligación que tienen de asegurar suficiente asignación presupuestaria para el efectivo funcionamiento de los CAIMUS a nivel nacional para el año 2020, en concordancia a lo recomendado por el Comité de la CEDAW que insta al Estado de Guatemala “c) Asigne recursos suficientes para garantizar que los albergues para las mujeres víctimas de violencia de género estén funcionando plenamente en todo el Estado parte y garantice que esas mujeres tengan acceso a tratamiento médico, asesoramiento psicológico, asistencia jurídica y otros servicios de apoyo”.

Insta:

A las autoridades Organismo Legislativo, al Ministerio de Gobernación y al Ministerio de Finanzas velar porque se garantice el cumplimiento de lo establecido en la Ley contra el Femicidio y otras Formas de Violencia contra la Mujer, concretamente en sus artículos 16 y 21, y se asegure la no repetición de la vulneración de los derechos humanos de las profesionales que brindan los servicios integrales en los CAIMUS y de las mujeres víctimas de violencia contra la mujer que necesitan servicios gratuitos y de calidad relacionados a justicia especializada.

Guatemala, 31 de diciembre de 2019

 
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