manifiesta:

Su profunda preocupación por los altos índices de violencia en contra de las mujeres. El femicidio como violencia extrema cometida en contra de las mujeres, por el hecho de ser mujeres, sigue impactando el derecho que les asiste a ellas a tener una vida sin violencia. De 2012 a octubre de 2019, el 63.74% de los femicidios fueron cometidos contra mujeres comprendidas entre las edades de 18 a 59 años.[1] Desde el análisis de la institución del Procurador de los Derechos Humanos, realizado por la Defensoría de la Mujer, hay pocos o nulos avances para prevenir, investigar y sancionar los femicidios, las muertes violentas, desaparición, violencia sexual y de otra índole que se ejerce contra las mujeres, lo cual tiene diversas causas; además de prácticas, ideas y discursos conservadores y fundamentalistas que se resisten a los cambios a favor de la población más susceptible de sufrir vulneraciones; es decir, las mujeres, la niñez y la juventud, situaciones que refuerzan aún más las violaciones a sus derechos humanos. A pesar de que el Estado y la sociedad tienen la obligación de garantizar que todas las mujeres vivan libres de violencia en los espacios públicos y privados, entre 2012 y octubre de 2019, el 36 % de denuncias por violencia contra la mujer interpuestas en el Ministerio Público (MP) corresponde al rango de 18 a 29 años.[2] La discriminación contra las mujeres en la vida política y pública sigue obstaculizando su desarrollo integral en la sociedad. Del total de denuncias por el delito de discriminación recibidas en el Ministerio Público, en los últimos ocho años, el 53.9 % corresponde a mujeres.[3] Para contrarrestar esta violencia estructural que impide el pleno ejercicio de los derechos humanos de las mujeres es indispensable que el Estado guatemalteco asegure a todas las mujeres  indígenas, garífunas, xincas, rurales, de las comunidades LGBTIQ y con discapacidad, el acceso a la educación con calidad y desde una perspectiva laica, a servicios de salud y de justicia integrales, a la propiedad de la tierra y su uso, a salarios justos, a créditos y a la toma de decisiones respecto de políticas públicas para su desarrollo integral, sin distinción o discriminación alguna.

Exhorta

A las instituciones del Estado:
  1. Fortalecer todos los esfuerzos para implementar, sin dilación alguna y con la debida diligencia, la legislación que protege a las mujeres por su edad, su pertenencia étnica, su sexo y su género, porque están expuestas a condiciones de mayor vulnerabilidad.
  2. Generar datos estadísticos actualizados acerca de las diversas violencias que afectan a las mujeres de todas las edades, pertenencia étnica, orientación sexual e identidad de género, ya que es con base en datos reales que se podrán delinear estrategias efectivas para implementar acciones de prevención enfocadas en la defensa de los derechos humanos de las mujeres.
  3. Continuar comprometiéndose no solo a la atención de la violencia, sino también a la prevención de la misma y porque existan suficientes asignaciones presupuestarias para la implementación de políticas sólidas de prevención, investigación, sanción y erradicación de la violencia que está arrebatándole la vida y la dignidad a las mujeres, las niñas, las adolescentes y las jóvenes.
  4. Garantizar que la prevención, investigación y sanción de la violencia contra las mujeres esté en concordancia con la aplicación de la legislación de este país, desde una perspectiva progresista, sin olvidar los compromisos que el Estado guatemalteco ha asumido como signatario de convenciones, declaraciones y pactos relativos a los derechos humanos, entre ellos la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer –CEDAW– y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra la Mujer “Belém do Pará”.
  5. Atender las recomendaciones que el Procurador de los Derechos Humanos ha emitido en su Informe sobre el cumplimiento de las recomendaciones de la CEDAW relativas al derecho de las mujeres a vivir sin discriminación y libres de violencia por parte del Estado de Guatemala.

Recuerda

Que la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, “Convención de Belém do Pará”, cita que la eliminación de la violencia contra la mujer es una condición indispensable para su desarrollo individual y social, así como su plena e igualitaria participación en todas las esferas de la vida.

Guatemala, 25 de noviembre de 2019

  [1] Informe sobre el cumplimiento de las recomendaciones de la CEDAW relativas al derecho de las mujeres a vivir sin discriminación y libres de violencia, por parte del Estado de Guatemala. Defensoría de la Mujer, Procuraduría de los Derechos Humanos, noviembre de 2019. [2] Ídem. [3] Ídem.