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12/19 El Procurador de los Derechos Humanos de Guatemala, Jordán Rodas Andrade, en el Día Internacional de la Protección de Datos Personales, señala:

El artículo 31 de la Constitución Política de la República de Guatemala establece: “Toda persona tiene el derecho de conocer lo que de ella conste en archivos, fichas o cualquier otra forma de registros estatales, y la finalidad a que se dedica esta información, así como a corrección, rectificación y actualización…” La Corte de Constitucionalidad (CC), en 2015 señaló que “La comercialización de información de datos de una persona debe encontrarse sujeta a que esta sea proporcionada voluntariamente por la persona, cuyos datos serán objeto de comercialización y que al momento de obtenerse se haya garantizado a tal persona los derechos de actualizar, rectificar pero sobre todo de confidencialidad y exclusión como una manera de resguardo de sus derechos fundamentales, tales como a su intimidad personal, privacidad y sobre todo honor, por lo que, al comercializar los datos que no observen las exigencias previamente enunciadas, tal información podría derivar de una actividad transgresora a derechos fundamentales”. Los datos personales incluyen información que identifica a una persona, entre otros: nombres, apellidos, número de identificación tributaria, la dirección personal o laboral y número telefónico; en ese sentido, toda persona tiene derecho a que sean protegidos y manejados con privacidad. Ninguna empresa o entidad puede comercializar datos personales sin el consentimiento del titular de la información; al hacerlo podría incurrir en la violación del derecho humano a la autodeterminación, a la vida privada, la dignidad, al honor y a la intimidad por la comercialización de datos. Se deben garantizar a todas las personas el respeto de sus derechos y libertades fundamentales, específicamente su derecho a la intimidad y vida privada. La conmemoración del Día Internacional de la Protección de Datos Personales fue impulsada por el Consejo de Europa, con motivo del aniversario del Convenio para la Protección de las Personas con Respecto al Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal (STE 108), el cual fue firmado en Estrasburgo el 28 de enero de 1981.

Guatemala, 28 de enero de 2019

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