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103/19 Ante la violencia en la zona limítrofe entre los municipios de Santa Catarina Ixtahuacán y Nahualá, Sololá el Procurador de los Derechos Humanos de Guatemala, Jordán Rodas Andrade

Lamenta

El saldo trágico que deja presuntamente el conflicto limítrofe entre dichos municipios, suscitándose los hechos más recientes del 15 y 17 de septiembre de 2019, y expresa su solidaridad y más sentidas condolencias a las familias de las víctimas mortales, heridos y a la población en general que ha estado expuesta a la violencia.

Recuerda:

Que el Estado de Guatemala debe garantizar la integridad, seguridad y especialmente la vida de todas las personas, conforme los artículos 1, 2 y 3 de la Constitución Política de la República de Guatemala y 3 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Manifiesta:

Delegados del Procurador de los Derechos Humanos han dado acompañamiento desde el inicio del conflicto con diferentes acciones y gestiones para promover el diálogo y procurar la convivencia pacífica entre poblaciones, en coordinación con varias instituciones estatales. Sin embargo, el escenario social en la zona ha generado conculcación de derechos humanos y continúa con un alto nivel de riesgo y persistencia, sumando hechos violentos, víctimas mortales y heridos en ambos municipios al tratarse de un conflicto histórico por disputas limítrofes vinculado al uso de recursos naturales.

Informa

Que, en relación con los últimos hechos registrados, los delegados de la Auxiliatura Departamental de Sololá coordinaron con autoridades de la Policía Nacional Civil y el Ministerio de Gobernación el resguardo de las comunidades ante los hechos violentos constitutivos de delito que han cobrado víctimas mortales y personas heridas; al mismo tiempo se pidió a los representantes del Ministerio Público iniciar las investigaciones y tomar las acciones correspondientes. Delegados de las auxiliaturas departamentales de Totonicapán y Quetzaltenango verificaron la situación y atención médica de las personas heridas, trasladadas a diferentes centros asistenciales.

Exhorta

Al Ministro de Gobernación, garantizar la seguridad de las comunidades de ambos municipios, especialmente en la prevención de hechos violentos o acciones que vulneren los derechos humanos y que pongan en riesgo la integridad y vida de los habitantes de la zona. Al Ministerio Público, realizar investigaciones exhaustivas respecto de los hechos violentos que se han suscitado en la zona y las denuncias presentadas por los habitantes, especialmente por la muerte de personas. A las autoridades municipales en el territorio, cumplir, de conformidad con el artículo 24 del Código Municipal que expresa “Los conflictos derivados de la falta de definición en los límites existentes entre dos o más municipios, serán sometidos, por los Concejos Municipales afectados, a conocimiento del Ministerio de Gobernación, que dispondrá de un plazo de seis (6) meses, a partir de la recepción del expediente, para recabar los antecedentes que aquellos deberán proporcionarle y el dictamen del Instituto Geográfico Nacional, completar los estudios, informaciones, diligencias y demás medidas que sean necesarias, con base en las cuales emitirá opinión, y lo elevará a conocimiento del Presidente de la República, para que, si así lo considera, presente a consideración del Congreso de la República la iniciativa de ley correspondiente, para su conocimiento y resolución”. A los habitantes y al Organismo Ejecutivo, continuar privilegiando el diálogo para lograr consensos en la solución pacífica y definitiva del conflicto, tomando en cuenta las posiciones de cada una de las partes, en resguardo de los procesos, mesas de diálogo y acciones que ya han sido iniciadas para la resolución del conflicto.  

Guatemala, 18 de septiembre de 2019

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